Orden de 23/09/2011, , por la que se modifica la Orden de la Consejería de Sanidad de 04/08/2008, por la que se regulan las guardias localizadas del sistema de alerta rápida en el ámbito de la sanidad alimentaria.
Sección | I. Disposiciones generales |
Emisor | Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales |
Rango de Ley | Orden |
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OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales
Orden de 23/09/2011, de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden de la Consejería de Sanidad de 04/08/2008, por la que se regulan las guardias localizadas del sistema de alerta rápida en el ámbito de la sanidad alimentaria. [2011/13595]
La Orden de 4 de agosto de 2008, de la Consejería de Sanidad, establece un sistema permanente de guardias para la gestión adecuada de la red de alerta rápida en el ámbito de la sanidad alimentaria, regulando los tipos de guardias, los requisitos que deben cumplir los funcionarios para realizarlas, el sistema de designación de estos funcionarios y las cuantías de las mismas.
Se implantan así dos tipos de guardias localizadas, de fin de semana y de festivos, con distinta duración y cuantía en función de que el personal que las realice desempeñe su puesto de trabajo en régimen de horario especial o bien tenga una jornada diferente.
Como consecuencia de la aprobación por parte del Consejo de Gobierno el 18 de enero de 2011 del Plan de Consolidación de las Finanzas y los Servicios Públicos de Castilla-La Mancha se acordó, entre otras medidas, el cierre de los edificios públicos de carácter administrativo a las cinco de la tarde. Dicha medida supuso la modificación de varias órdenes reguladoras del horario del personal funcionario, entre ellas la Orden de 19 de septiembre de 1996, de la Consejería de Economía y Administraciones Públicas, por la que se regula el horario especial de los servicios oficiales veterinarios y se determina el régimen de compensaciones por servicios extraordinarios. Esta última modificación conllevó asimismo la modificación de la Orden de la Consejería de Sanidad de 4 de agosto de 2008, por la que se regulan las guardias localizadas del sistema de alerta rápida en el ámbito de la sanidad alimentaria.
A la vista de que la finalización del horario a las 17:00 horas ha generado dificultades de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal funcionario, sin que, por otra parte, se haya podido concretar que se consiguieran los objetivos de...
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