Decreto 21/2013, de 11/04/2013, del Fondo Castellano-Manchego de Cooperación.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Sanidad y Asuntos Sociales
Rango de LeyDecreto

La Ley 3/2003, de 13 de febrero, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, creó el Fondo Castellano-Manchego de Cooperación como instrumento para impulsar actuaciones integrales en materia de cooperación internacional y para favorecer la máxima participación ciudadana.

Con fecha 1 de junio de 2004, el Consejo de Gobierno aprobó la constitución de la Fundación Castellano-Manchega de Cooperación, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.2 de la citada Ley.

La Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la Aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales, en su artículo 29.Ocho, modificó el artículo 11 de la Ley 3/2003, y en el nuevo artículo 11.2 dispone que el Fondo Castellano-Manchego de Cooperación, cuya constitución se aprobará por el Consejo de Gobierno, se gestionará por el órgano directivo competente en materia de cooperación para el desarrollo o por el organismo que, en su caso, determine el Consejo de Gobierno, quienes podrán realizar encomiendas en los términos previstos en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Sanidad y Asuntos Sociales, con el informe favorable de la Consejería de Hacienda, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 11 de abril de 2013,

Dispongo:

Artículo 1 Constitución.

Se constituye el Fondo Castellano-Manchego de Cooperación (el Fondo) como instrumento para impulsar las actuaciones integrales en materia de cooperación internacional para el desarrollo y para favorecer la máxima participación ciudadana.

Artículo 2 Fines del Fondo.

El Fondo tratará de conseguir los siguientes fines:

  1. Contribuir desde el ámbito castellano-manchego al desarrollo de los países en vías de desarrollo, posibilitando una cooperación descentralizada local que promueva un desarrollo sostenible.

  2. Posibilitar una mayor participación de las Entidades...

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