Decreto 84/2014, de 01/08/2014, por el que se modifica el Decreto 126/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Agosto de 2014
SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Sanidad y Consumo; Consejería de Agricultura
Rango de LeyDecreto

Las modificaciones que se contienen en este Decreto persiguen dotar de mayor eficacia la actividad de controles que le corresponde realizar a la Consejería de Agricultura, así se ha considerado más conveniente la centralización de los controles sobre el terreno de las ayudas por superficie gestionadas por el Organismo pagador así como el mantenimiento y explotación del sistema de identificación de las parcelas Sigpac en la Dirección General de Agricultura y Ganadería al ser el órgano directivo con mayores competencias en dichas ayudas que gestiona más ayudas. En concordancia con lo anterior, procede dar nueva redacción al apartado j del artículo 5 que establece las competencias de la Secretaría General y eliminar expresamente la competencia relativa al sistema de identificación de las parcelas Sigpac.

Otra de las modificaciones introducidas en este Decreto es la de atribuir expresamente a la Dirección General de Agricultura y Ganadería la competencia de la aplicación del sistema comunitario de clasificación de canales ganaderas, por cuanto estas actuaciones se enmarcan dentro del ámbito de la ordenación de las producciones y mercados ganaderos.

Por otra parte, debe adecuarse el límite del gasto de la desconcentración que la titular de la Consejería realiza en los titulares de las Direcciones Generales para los gastos imputables a los capítulos 2, 4, 6, 7 y 8 de su órgano gestor, hasta un límite máximo de 500.000,00 euros, dado que esta es la cuantía máxima que la vigente Ley de presupuestos atribuye a los titulares de las Consejerías como competencias propias.

Y, por último, se incluye una disposición final en virtud de la cual se modifica el Decreto 17/2000, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del cuerpo de Agentes Medioambientales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su artículo 2 relativo a la adscripción de este Cuerpo, unificándose en la persona titular de la Dirección General que tenga atribuida la competencia en materia de medio natural, tanto las competencias que implican la adscripción orgánica como la funcional, también con el fin de dotar de mayor eficacia la gestión administrativa del referido Cuerpo.

El presente decreto se dicta al amparo de la...

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