Decreto 15/2012, de 26/01/2012, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda.
Sección | I. Disposiciones generales |
Emisor | Consejería de Hacienda |
Rango de Ley | Decreto |
El Decreto 10/2012, de 25 de enero establece la estructura de la Administración Regional, que estará integrada por siete Consejerías entre las que se incluye la Consejería de Hacienda y la de Economía y Empleo. Esta nueva estructura implica realizar una redistribución competencial de aquellas funciones que con anterioridad eran atribuidas a la Consejería de Economía y Hacienda, todo ello con el objeto de una necesaria priorización de las funciones de propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública, de presupuestos y de gastos, además del resto de competencias que le confiere el ordenamiento jurídico.
El presente decreto establece la estructura de la Consejería de Hacienda y la asignación de competencias a los distintos órganos directivos y de apoyo que la integran, así como a la regulación de los servicios periféricos en provincias.
En su virtud, a iniciativa del Consejero de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de enero de 2012,
Dispongo:
A la Consejería de Hacienda le corresponde, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía y demás leyes que lo desarrollan:
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La elaboración del anteproyecto de ley de presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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La administración, gestión y recaudación de los derechos económicos de la hacienda pública de Castilla-La Mancha.
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La revisión en vía administrativa de los actos relativos a los ingresos de naturaleza pública conforme a lo determinado por la normativa vigente.
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La regulación, el diseño, explotación y mantenimiento de los registros, sistemas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos precisos para el desarrollo de las funciones y la prestación de los servicios relacionados con las materias específicas de su competencia.
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La administración y gestión del patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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El desarrollo normativo y la coordinación en materia de contratación administrativa del sector público regional.
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La ordenación de pagos.
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Las funciones de control interno y contabilidad pública, conforme al texto refundido de la Ley de Hacienda de CastillaLa Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
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El estudio, propuesta y ejecución de las cuestiones relacionadas con la política financiera y crediticia, la emisión y gestión de la deuda pública.
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Las competencias en materia de cajas y entidades de crédito.
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Las competencias en materia de mediación de seguros privados.
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Las competencias en materia de casinos, juegos y apuestas.
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Las funciones que la Ley 10/2002, de 21 de junio, de Estadística de Castilla-La Mancha, atribuye a la consejería competente en materia de estadística.
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La coordinación de los órganos y entes integrantes del sector público regional, cuya actividad tenga trascendencia económica.
ñ) Cualesquiera otras de naturaleza análoga a las enumeradas anteriormente que no hubieran sido atribuidas expresamente a otro órgano o ente de la Comunidad Autónoma.
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La Consejería de Hacienda, bajo la dirección de su titular, se estructura de la siguiente forma:
Órganos de apoyo y directivos centrales:
- Secretaría General.
- Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios.
- Dirección General de Tributos.
- Dirección General de Política Financiera.
- Intervención General.
Órganos periféricos:
- Los servicios periféricos de la Consejería de Hacienda.
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El Gabinete es el órgano de asistencia política y técnica al Consejero, del que depende directamente.
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Corresponde a la persona titular de la Consejería de Hacienda el ejercicio de las competencias y el desempeño de las funciones que la normativa vigente atribuye a los titulares de las consejerías en el ámbito de las áreas de actuación que corresponden a la Consejería de Hacienda, así como cuantas se le atribuyan por las normas reguladoras de la materia económica, financiera y tributaria. En particular, en el ámbito tributario regional, le corresponden las competencias que por norma especial se atribuyen al ministro de Economía y Hacienda.
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Le corresponde a la persona titular de la Consejería de Hacienda la firma de los convenios de colaboración que, en materias de su competencia, no se encuentren atribuidos expresamente al Consejo de Gobierno.
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Adjunto al titular de la Consejería de Hacienda habrá un Coordinador de Información, con rango de Director General.
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A la Secretaría General, con rango orgánico de viceconsejería, le corresponde con carácter general las funciones de asesoramiento, estudio, coordinación y gestión de los servicios comunes de la consejería. En particular, le corresponden las siguientes funciones:
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Asesoría jurídica.
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Elaboración de proyectos de disposiciones de carácter general y su remisión al Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
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Estudio e informe de los asuntos que hayan de ser elevados al Consejo de Gobierno.
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Planificación, coordinación, inspección, control y optimización de las estructuras administrativas y recursos humanos.
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La dirección, gestión y seguimiento de las actuaciones informáticas de la Consejería y sus centros dependientes, y en especial el desarrollo, implantación, mantenimiento y actualización de sistemas de información en materia económica-financiera.
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Asistencia administrativa y técnica.
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Iniciativa, impulso, coordinación y racionalización de los procedimientos administrativos.
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Elaboración del anteproyecto de presupuestos de la Consejería.
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Gestión de los programas presupuestarios asignados y la ejecución y seguimiento del presupuesto de la Consejería.
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La aprobación, disposición y reconocimiento de obligaciones de los programas presupuestarios asignados a la Consejería hasta 1.000.000 euros.
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La tramitación de los expedientes de contratación y las demás facultades atribuidas al órgano de contratación por la legislación de contratos del sector público, cuando el presupuesto de los contratos no sea superior a 1.000.000 euros.
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Jefatura superior e inspección del personal de los servicios centrales y periféricos y, específicamente, la propuesta a la consejería competente de las relaciones...
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