Decreto 248/2011, de 12/08/2011, por el que se regula la estructura orgánica y las competencias de las Delegaciones Provinciales, y de los Servicios Periféricos de las Consejerías.

Fecha de Entrada en Vigor17 de Agosto de 2011
SecciónI. Disposiciones generales
EmisorPresidencia de la Junta.
Rango de LeyDecreto

El Decreto 69/2011, de 27 de junio, que establece la nueva estructura de la Administración Regional, ha sido objeto de desarrollo normativo a través de los Decretos de estructura de cada una de la Consejerías, que en aras de los principios de austeridad y optimización de los recursos públicos ha procedido a un nuevo diseño del modelo de organización periférico, con la supresión de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías, sin que ello afecte a la atención y prestación de los servicios públicos a la ciudadanía castellanomanchega que aquellos prestaban.

Por ello, se hace necesario dictar un nuevo Decreto que adapte la estructura orgánica de las Delegaciones Provinciales a las nuevas previsiones contenidas en los Decretos de estructura.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 12 de agosto de 2011,

Dispongo

Capítulo I Artículo 1

Objeto

Artículo 1 Objeto

La presente norma tiene por objeto regular la estructura y competencias de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades y de los Servicios Periféricos de las distintas Consejerías, así como de las personas titulares de las mismas.

Capítulo II Artículos 2 a 8

Las Delegaciones Provinciales de La Junta de Comunidades

Artículo 2 Ámbito de actuación y competencias
  1. En cada una de las provincias de Castilla-La Mancha existe una Delegación Provincial de la Junta de Comunidades.

  2. Corresponde a cada Delegación Provincial la coordinación y la gestión de las competencias de la Administración Periférica de la Junta de Comunidades, en su ámbito territorial.

Artículo 3 Sede de la Delegación Provincial de la Junta de Comunidades

La Delegación Provincial tiene su sede en la capital de provincia correspondiente, sin perjuicio de la distinta localización que pueda tener alguna de sus dependencias, cuando lo aconseje su dimensión supraprovincial o la más eficaz gestión de la actividad que tengan encomendadas

Artículo 4 La Delegación Provincial de la Junta de Comunidades
  1. La Delegación Provincial de la Junta de Comunidades en la provincia es un órgano directivo de la Administración Regional con nivel orgánico de Dirección General. Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades son nombradas y cesadas por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, previa deliberación del Consejo de Gobierno.

  2. Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades dependen orgánicamente del titular de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas y funcionalmente del titular de la Consejería competente por razón de la materia.

Artículo 5 Funciones

Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades asumen la representación institucional y la coordinación e impulso de la actividad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la respectiva provincia.

Artículo 6 Competencias

Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades desarrollan las siguientes competencias en el ámbito de su provincia:

  1. Representar a la Administración de la Junta de Comunidades en la Provincia

  2. Coordinar la acción política de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y los Servicios Periféricos de las Consejerías, así como coordinar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas los Servicios Periféricos, en especial cuando sean concurrentes o compartidas entre ellas, o entre ellas y otras Administraciones Públicas.

  3. Desempeñar la jefatura del personal de la Delegación, sin perjuicio de las funciones que en este ámbito le correspondan a otros órganos administrativos

  4. Coordinar e impulsar la actividad de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma en la provincia, así como los programas de actuación territorial de la Delegación

  5. Mantener las necesarias relaciones de cooperación y coordinación de la Comunidad de Castilla-La Mancha y sus organismos públicos con las Provincias y el resto de las Entidades Locales

  6. Proponer o informar a los órganos superiores y directivos centrales la resolución que estime procedente en los asuntos cuya tramitación esté encomendada a la Delegación Provincial

  7. Velar por la correcta utilización de los medios materiales adscritos...

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