Decreto 21/2014, de 27/03/2014, por el que se regula el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Presidencia y Administraciones Públicas
Rango de LeyDecreto

Tanto la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, como el Reglamento de los servicios de prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, tienen una vocación de universalidad e integración, por lo que su ámbito de aplicación no solo se extiende a las relaciones laborales reguladas por el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, sino también, y sin perjuicio de algunas peculiaridades, a las relaciones administrativas del personal funcionario y del personal estatutario; razón por la cual poseen en determinados aspectos el carácter de normas básicas del régimen estatutario de los funcionarios públicos.

En la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, el Decreto 198/2001, de 30 de octubre, creó, con la configuración de servicio de prevención propio, el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. De acuerdo con el artículo 2 del citado decreto, el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tiene por objeto "la organización de todos los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas que debe realizar la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y que a través de una evaluación de riesgos conduzca a una planificación de la prevención de los riesgos laborales de los empleados de la misma".

A pesar de esta vocación de universalidad respecto del personal empleado público de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la actualidad el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales adscrito a la Dirección General de la Función Pública y Justicia no es el único servicio de prevención propio de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, ni, por tanto, su ámbito de actuación se extiende a todos los empleados públicos de la misma. En el ámbito del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha existe una estructura organizativa propia en materia de prevención de riesgos laborales. Dicha estructura se encuentra regulada en el Plan General de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, publicado en el DOCM nº 178, de 19 de diciembre de 2003 mediante Resolución de la Dirección-Gerencia del Sescam de 5 de diciembre de 2003, y en el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Instituciones Sanitarias del Sescam, de 11 de noviembre de 2003, sobre la Adaptación de los Servicios de Prevención del Insalud al ámbito de Gestión del Sescam, publicado en el DOCM nº 14, de 2 de febrero de 2004, mediante Resolución de la Dirección General de Trabajo de 14 de enero de 2004. Por otro lado, en el ámbito del personal docente no universitario, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes cuenta también con una cierta estructura de prevención de riesgos laborales.

El contexto general de racionalización de los servicios públicos, exigido por la política económica general, implica la necesidad de simplificar todas las estructuras de la Administración, mediante la racionalización de los medios humanos y materiales de los que se dispone para realizar las tareas de prevención de los riesgos laborales de todos los empleados públicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y, en consecuencia, unificar dicha actividad preventiva, lo que implicará una importante reducción de costes para realizar esa actividad.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 27 de marzo de 2014,

Dispongo,

Artículo 1 Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto regular el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Artículo 2 Naturaleza y ámbito del servicio.
  1. El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de la Junta de Comunidades de...

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