Decreto 20/2009 de 17/03/2009, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2009.

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Administraciones púBlicas y Justicia
Rango de LeyDecreto
  1. AUTORIDADES Y PERSONAL

OPOSICIONES Y CONCURSOS

Consejería de Administraciones Públicas y Justicia

Decreto 20/2009 de 17/03/2009, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2009. [2009/4156]

El artículo 70.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, dispone que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal.

Por su parte, la Ley 7/2001, de 28 de junio, de Selección de Personal y Provisión de Puestos de Trabajo, determina en su artículo 2 que los puestos de trabajo dotados presupuestariamente que no puedan ser cubiertos con los efectivos de personal existentes serán objeto de Oferta de Empleo Público, siempre que su cobertura se considere necesaria.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.5 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, el artículo 33 de la Ley 10/2008, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2009, señala que durante el 2009 no se producirá convocatoria de plazas para ingreso de nuevo personal con la excepción, respetando siempre las limitaciones que, con carácter básico, establezca la normativa estatal, de aquéllas que se destinen a sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren absolutamente prioritarios y que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

El artículo 23.1 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, dispone, con carácter básico, que durante el año 2009, el número total de plazas de nuevo ingreso del personal del sector público delimitado en el artículo anterior será, como máximo, igual al 30 por 100 de la tasa de reposición de efectivos.

Por otro lado, en el marco de la Comisión de Coordinación de la Función Pública, el 14 de junio de 2005 se suscribió por la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas, una declaración para la reducción de la temporalidad en el empleo en el sector público en la que las Administraciones públicas firmantes se comprometieron a intensificar las medidas tendentes a conseguir la reducción progresiva de la tasa de temporalidad tomando como referencia un objetivo que no supere como máximo el diez por ciento. Además, en el II Acuerdo por la estabilidad en el empleo, firmado entre la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y los sindicatos CC.OO. y U.G.T., el Gobierno regional se ha comprometido a que la temporalidad no exceda del diez por ciento en la Administración regional.

Por ello, y puesto que la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, permite efectuar convocatorias de consolidación de empleo a puestos de carácter estructural que estén dotados presupuestariamente y se encuentren desempeñados interina o temporalmente con anterioridad a 1 de enero de 2005, la Oferta de Empleo Público para el año 2009 solamente incluye, por lo que se refiere al personal funcionario y laboral de Administración General, las plazas desempeñadas interina o temporalmente con anterioridad a 1 de enero de 2005 hasta el límite del 30 por 100 de la tasa de reposición de efectivos.

No obstante lo anterior, el artículo 33 de la Ley 10/2008, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2009, establece que la limitación anterior no será de aplicación a aquellos sectores o áreas de actuación administrativa competencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que se excluyan con carácter básico en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009. Así, de acuerdo con el artículo 23.1 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, esta limitación no es de aplicación a las Administraciones públicas con competencias educativas para el desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en relación con la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de personal funcionario docente ni a las Administraciones públicas con competencias sanitarias en relación con la cobertura de las correspondientes plazas en los hospitales y centros de salud del Sistema Nacional de Salud.

En cumplimiento de los preceptos señalados, la Oferta de Empleo Público para el año 2009 comprende también las plazas vacantes de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que habrán de ser cubiertas por personal funcionario docente no universitario y por personal estatutario.

Asimismo, en cumplimiento de lo previsto en el título III del Acuerdo entre la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y las organizaciones sindicales sobre condiciones de trabajo en la Administración para el período 2008-2011, se señalan las plazas que habrán de ser convocadas por el sistema de promoción directa en el puesto, reservado a aquellos Cuerpos y especialidades de examen en los que exista una relación funcional efectiva que permita la permanencia en el puesto de trabajo sin que la realización del trabajo asignado se vea afectado sustancialmente por la reclasificación efectuada.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Administraciones Públicas y Justicia, previo informe favorable de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda y del Consejo de Función Pública de Castilla-La Mancha, y previa deliberación del Consejo de Gobierno,

Dispongo:

Artículo 1 Aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2009
  1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en el capítulo II de la Ley 7/2001, de 28 de junio, de Selección de Personal y Provisión de Puestos de Trabajo, y en el artículo 33 de la Ley 10/2008, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2009, se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2009, en los términos que se establecen en el presente Decreto.

  2. Las convocatorias de los procesos selectivos correspondientes al personal funcionario docente no universitario se publicarán en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha antes del 30 de abril de 2009.

Las convocatorias de los procesos selectivos correspondientes al personal funcionario y al...

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