Decreto 86/2018, de 20 de noviembre, de medidas para facilitar la actividad urbanística de la ciudadanía y los pequeños municipios.

Fecha de publicación30 Noviembre 2018
Fecha20 Noviembre 2018
Número de registro2018/14082
SecciónI.- DISPOSICIONALES GENERALES
Número de Gaceta234/2018
EmisorConsejo de Gobierno
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Consejería de Fomento
Decreto 86/2018, de 20 de noviembre, de medidas para facilitar la actividad urbanística de la ciudadanía y los
pequeños municipios. [2018/14082]
La normativa urbanística autonómica está constituida por el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de
la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo (TRLOTAU), y por los siguientes tex-
tos reglamentarios: Decreto 242/2004, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Suelo Rústico de la Ley
2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, Decreto 248/2004, de 14 de septiembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y
de la Actividad Urbanística, Decreto 235/2010, de 30 de noviembre, de regulación de competencias y de fomento de la
transparencia en la actividad urbanística de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Decreto 29/2011, de 19
de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad de Ejecución del texto refundido de la Ley de Ordenación
del Territorio y de la Actividad Urbanística, Decreto 34/2011, de 26 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de
Disciplina Urbanística del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
Las sucesivas modicaciones legislativas con incidencia en el ámbito urbanístico junto con la necesidad de implementar
medidas concretas al objeto de facilitar la actividad urbanística tanto de los municipios de menor tamaño de la Región,
como, en general, del conjunto de la ciudadanía han propiciado la elaboración del presente decreto abordando para ello
el conjunto de las normas reglamentarias citadas anteriormente.
En primer lugar, respecto al Decreto 242/2004, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Suelo Rústico,
se introducen diversas modicaciones que afectan a la regulación del concepto de riesgo de formación de núcleo de
población, a los supuestos en los que cabe entender implícita la calicación urbanística y a las medidas de reforestación
a realizar en actuaciones promovidas en suelo rústico. Finalmente se adecua el régimen de protecciones sectoriales en
suelo rústico no urbanizable de especial protección a la legislación vigente.
La modicación del Decreto 248/2004, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento,
obedece principalmente, a la necesidad de exibilizar para los municipios de menor tamaño las exigencias que este
texto impone respecto a las reservas dotacionales, fomentando a la vez la preservación de sus espacios con relevantes
valores naturales o culturales. Por otro lado, se refuerza la denición de zonas verdes mediante la inclusión en este
concepto de las áreas saludables de ejercicios, los bulevares y parques lineales y las pantallas verdes en ámbitos de
uso industrial, donde además se exigirá que el arbolado se realice mediante la plantación de especies que contribuyan
a la jación de CO2. Asimismo, se modica el concepto de Planes Especiales al objeto de su adecuación y precisión
respecto a la denición que de dicho instrumento proporciona el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y
de la Actividad Urbanística, de la que se desprende la sustantividad propia de dichos planes respecto a los instrumentos
de planeamiento general. Finalmente, y teniendo en cuenta que hoy día, 291 municipios de Castilla-La Mancha aún ca-
recen de un planeamiento general que ordene sus territorios, se posibilita que en los mismos puedan atenderse ciertas
demandas de edicación tanto en el suelo rústico como en la trama urbana de sus núcleos de población para lo que se
modica la Disposición Transitoria Primera de la norma.
La modicación del Decreto 235/2010, de 30 de noviembre, de regulación de competencias y de fomento de la trans-
parencia en la actividad urbanística de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tiene como protagonistas a
las Comisiones Ordenación del Territorio y Urbanismo introduciendo modicaciones en su composición y régimen de
atribuciones a efectos de optimizar la labor que las mismas tienen atribuida.
Por su parte, las innovaciones planteadas en el Reglamento de la Actividad de Ejecución abordan, por un lado, el es-
tablecimiento del plazo máximo de resolución en los procedimientos de resolución de la adjudicación de Programas
de Actuación Urbanizadora de acuerdo con el previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, para los expedientes de resolución contractual, actualmente ocho
meses. Y, por otro, introducen la gura de la reversión de la reparcelación en aquellos supuestos en los que la ejecución
de las obras de urbanización haya quedado interrumpida o no se haya iniciado, propugnando, respecto a estas últimas
el retorno a su situación de origen.
AÑO XXXVII Núm. 234 30 de noviembre de 2018 33621

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