Decreto 84/2015, de 14/07/2015, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.
Sección | I. Disposiciones generales |
Emisor | Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural |
Rango de Ley | Decreto |
El Decreto 46 /2015, de 5 de julio, ha establecido una nueva estructura de la Administración Regional. Según se dispone en el artículo primero del citado Decreto, la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural es una de las Consejerías en las que se estructura la Administración Regional de Castilla-La Mancha. Resulta, por tanto, necesaria la aprobación de este Decreto para, a su vez, establecer la nueva estructura de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural asignando competencias y funciones a los órganos directivos que la conforman y estableciendo el régimen de sus sustituciones, entre otras cuestiones organizativas, a fin de llevar a cabo la política agraria, medioambiental y rural de la manera más eficiente para los ciudadanos.
La inclusión en la denominación de esta Consejería de la referencia al medio ambiente y al desarrollo rural se explica desde la importancia que el Gobierno Regional quiere atribuir a estos sectores de nuestra economía.
Por ello se considera necesario crear una Dirección General dedicada exclusivamente al desarrollo rural y otra específica para impulsar las industrias agroalimentarias y fomentar el cooperativismo.
Por otra parte, en el ámbito medioambiental, para atender a la importancia que se atribuye a esta materia, la gestión de estos intereses se llevará a cabo a través de una Viceconsejería de Medio Ambiente.
Se incluye la modificación del Decreto 42/2015, de 15 de junio, por el que se aprueba los estatutos del Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha, en lo relativo a los requisitos de titulación del Director, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha emitido sobre dicha norma reglamentaria.
En virtud de lo expuesto, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, a propuesta del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 14 de julio de 2015,
Dispongo
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La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (en adelante, la Consejería) es el órgano de la Administración autonómica de Castilla-La Mancha encargado de la propuesta y ejecución de las directrices del Consejo de Gobierno sobre la política agraria, agricultura, ganadería, desarrollo rural, industrias agroalimentarias, política forestal, conservación y protección del medio ambiente, mitigación del cambio climático, de la evaluación ambiental, desarrollo sostenible y todas aquellas competencias que en esta materia le estén atribuidas en el marco de la Constitución y del Estatuto de Autonomía.
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La Consejería ejercerá sus funciones sobre las siguientes materias:
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Agricultura, ganadería, industrias agroalimentarias y forestales de primera transformación, de acuerdo con la ordenación general de la economía, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos de la Administración Regional.
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Planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la Región, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional y del sector público de Castilla-La Mancha en los sectores agrícola, ganadero, agroalimentario, forestal, cinegético , piscícola y de conservación del medio natural.
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Política de desarrollo rural territorial.
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Planificación, ordenación y gestión en los ámbitos de la sanidad animal y vegetal, en coordinación con la Consejería competente en materia de Sanidad en lo que pueda afectar a la salud pública y seguridad alimentaria.
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Ferias y mercados de productos del ámbito propio de la Consejería.
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Denominaciones de origen, indicaciones de procedencia y otras figuras de calidad relativas a los productos de la Región, en colaboración con el Estado.
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Fomento del cooperativismo de producción, transformación y comercialización en el ámbito de las competencias de la Consejería.
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Gestión de las ayudas e intervenciones derivadas de la Política Agrícola Común.
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Programación, planificación, fomento y ejecución de infraestructuras del desarrollo rural, así como la ordenación de la propiedad territorial en esta materia.
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Investigación y formación agraria y forestal.
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Gestión de los ecosistemas agrarios y de los organismos modificados genéticamente.
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Pastos y rastrojeras.
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Ordenación y gestión de los recursos naturales de la Región
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Planificación y gestión de la Red de Áreas Protegidas de la Región.
ñ) Prevención y lucha contra los incendios forestales.
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Protección del medio ambiente, de los ecosistemas y de la biodiversidad, así como de la prevención de los riesgos ambientales derivados de las actividades humanas.
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Fomento de la educación ambiental y del desarrollo sostenible.
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Estadísticas en el ámbito de las competencias de la Consejería.
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Aquellas otras que, en relación con las materias propias de esta Consejería, pudieran derivarse de la legislación estatal o comunitaria.
La persona titular de la Consejería ejerce la superior dirección de la misma y las funciones establecidas en el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y en el resto de la normativa en vigor, así como la dirección del Organismo pagador. Igualmente, resuelve las reclamaciones previas a la vía judicial civil y laboral dentro del ámbito competencial de la Consejería.
La Consejería queda estructurada en los siguientes órganos:
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Órgano de apoyo:
La Viceconsejería de Medio Ambiente.
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Órganos directivos:
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La Secretaría General.
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La Dirección General de Agricultura y Ganadería.
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La Dirección General de Desarrollo Rural.
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La Dirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas.
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La Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales.
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Órganos provinciales:
Las Direcciones Provinciales.
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Órganos de asistencia:
El Gabinete de la persona titular de la Consejería.
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Órganos Colegiados Regionales:
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El Consejo Regional de Caza.
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El Consejo Regional de Pesca Fluvial.
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El Consejo Asesor Agrario
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El Consejo Asesor de Medio Ambiente.
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La Comisión Regional de Coordinación de Políticas de Cambio Climático de Castilla-La Mancha.
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Unidad administrativa dependiente de la persona titular de la Consejería:
La Oficina del Cambio Climático, que tendrá como función el asesoramiento en relación a las actuaciones y las políticas regionales relacionadas con el cambio climático.
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Organismos adscritos:
Está adscrito a la Consejería, el Organismo Autónomo "Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentaria y Forestal de Castilla-La Mancha (Iriaf)". Igualmente, la empresa pública "Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha" (Geacam, SA).
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La Secretaría General, con rango de viceconsejería, coordina y presta el apoyo necesario a las demás direcciones generales, ejerce las funciones de asesoramiento, ostenta la gestión ordinaria y coordinación del Organismo pagador y responde de la gestión de los servicios comunes de la Consejería. Corresponde a su titular, por desconcentración, la concesión de subvenciones con cargo a los créditos asignados a sus programas, cuando así se establezca en las bases reguladoras.
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Las Direcciones Generales son los órganos encargados de la gestión de una o varias áreas funcionales de la Consejería, así como las responsables de la elaboración y ejecución de la política agrícola, ganadera y forestal, de infraestructuras agrarias, del desarrollo rural, industrias agroalimentarias y cooperativas, y de la calidad e impacto ambiental, de la protección del medio ambiente y las áreas y espacios naturales protegidos, correspondiéndoles la dirección, planificación, gestión y control de los programas de su área competencial. Corresponde a las personas titulares de las direcciones generales, por desconcentración, la concesión de subvenciones con cargo a los créditos asignados a sus respectivos Programas, cuando así se establezca en las bases reguladoras.
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El Gabinete de la Consejería es un órgano de asistencia política y técnica del titular de la Consejería. Tiene encomendadas tareas de confianza y asesoramiento, no pudiendo, en...
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