Decreto 81/2016, de 27/12/2016, por el que se modifica el Decreto 213/2015, de 27/10/2015, por el que se aprueba el Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha. Extracto BDNS (Identif): 327396.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Economía, Empresas y Empleo
Rango de LeyDecreto

Extracto del Decreto 81/2016, de 27/12/2016 por el que se modifica el Decreto 213/2015, de 27/10/2015, por el que se aprueba el Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha

BDNS (Identif.): 327396

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en el presente Decreto, las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contrataciones de trabajadores con las condiciones establecidas en el presente Decreto.

Segundo. Objeto e inversiones subvencionables.

El presente Decreto tiene por objeto aprobar y efectuar, para el ejercicio 2017, la convocatoria de subvenciones a las Empresas y Entidades sin ánimo de lucro por la realización de contratos para la formación y el aprendizaje, contratos en prácticas, contratos de relevo, así como la transformación en contratos indefinidos de estos contratos y de los contratos de trabajadores/as en procesos de inserción en empresas de inserción

Tercero. Bases reguladoras

Decreto 213/2015, de 27/10/2015, por el que se aprueba el Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha. (DOCM nº 213, de 30 de octubre de 2015).

Cuarto. Financiación y cuantía de las subvenciones

El importe del crédito destinado a la financiación de la convocatoria asciende a 8.000.000,00 euros.

Las empresas y entidades sin ánimo de lucro podrán recibir una subvención por importe 5.140,00 euros por la realización de contratos para la formación y el aprendizaje, contratos en prácticas, contratos de relevo; así como una subvención por la transformación en contratos indefinidos de estos contratos y de los contratos de trabajadores/as en procesos de inserción en empresas de inserción por importe de 5.300,00 euros, que se incrementará en 700,00 euros, cuando la persona contratada sea mujer que tenga la condición de víctima de violencia de género, personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, trabajadores/as que hayan finalizado contratos ligados a procesos de inserción en empresas de inserción, o que la contratación constituya la primera por tiempo indefinido que realiza un/a trabajador/a autónomo/a.

Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.

El plazo máximo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente a la publicación del presente decreto, hasta el día 31 de octubre de 2017.

Dado en Toledo, el 27 de diciembre de 2016

El Presidente

EMILIANO GARCÍA-PAGE SÁNCHEZ

La Consejera de Economía, Empresas y Empleo

PATRICIA FRANCO JIMÉNEZ

TEXTO COMPLETO DEL DECRETO 81/2016, DE 27 DE DICIEMBRE

La puesta en marcha del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha el pasado año ha supuesto el inicio de diferentes actuaciones, que han comenzado a reorientar y redefinir de una manera decidida las prioridades en la política de empleo de nuestra Comunidad Autónoma. Todo ello, con la participación activa de muchos Ayuntamientos, Diputaciones, empresas y entidades sin ánimo de lucro.

La finalidad del Plan es acelerar el acceso a un primer empleo de calidad a las personas jóvenes desempleadas, así como ofrecer una oportunidad de empleo a las personas que sufren el paro de larga duración, aquellas que han agotado su protección por desempleo y a las de mayor edad.

Dentro de esta apuesta decidida por conseguir cambios favorables entre las personas con mayores problemas de empleabilidad, se articuló el "Programa de iniciativa para el empleo y la cualificación joven", dirigido a movilizar la contratación tanto de los jóvenes sin cualificación, mediante los contratos para la formación y el aprendizaje, como de las personas jóvenes cualificadas mediante el contrato en prácticas o "contrato puente". Igualmente, la estabilidad laboral de este colectivo se favoreció mediante las ayudas para la transformación en contratos indefinidos, tanto de los contratos para la formación y el aprendizaje, como de los contratos en prácticas.

Procede ahora un nuevo impulso al Programa de iniciativa para el empleo y cualificación joven, dando cumplimiento también a las medidas establecidas en el Pacto por la Recuperación Económica de Castilla-La Mancha 2015-2020, suscrito el 19 de septiembre de 2016, entre el Gobierno Regional y los agentes económicos y sociales más representativos de Castilla-La Mancha, y que constituye la base para generar un desarrollo económico fuerte, más competitivo y sostenible en el tiempo y, por tanto, para la generación de empleo de calidad. En concreto, el presente decreto desarrolla medidas establecidas en el Eje 2 "Políticas de empleo" y en el Eje 3 "Cualificación profesional y recursos humanos" del Pacto.

Por ello, en el presente decreto se vuelven a convocar ayudas para la suscripción de contratos para la formación y el aprendizaje y para los contratos en prácticas de un año de duración y, como novedad, se introduce una nueva línea de subvención para los contratos de relevo que se formalicen con personas jóvenes y con los demás colectivos que se determinan en el misma. Estos contratos de relevo deberán ser a jornada completa y tener una duración mínima de entre 6 y 12 meses, para ser subvencionables. También se mantienen las subvenciones para la transformación en indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje y los contratos en prácticas, añadiendo además la subvención para transformar en indefinidos los contratos de relevo y los contratos de trabajadores/as en procesos de inserción en empresas de inserción.

Dado que el Decreto 213/2015, de 27 de octubre, que aprobó el Plan Extraordinario por el Empleo, establecía como periodo subvencionable para el "Programa de iniciativa para el empleo y la cualificación joven", desde el día siguiente a su entrada en vigor hasta el 30 de septiembre de 2016, cubriendo el primer año de vigencia de dicho Plan Extraordinario, mediante el presente decreto se establece un nuevo periodo, que cubre las actuaciones realizadas desde el 1 de octubre de 2016 hasta el 30 de septiembre de 2017, de modo que no se dejan periodos sin posibilidad de acceder a estas ayudas y se cubre el segundo y último año de vigencia del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha.

Los colectivos a los que se dirigen las acciones que se establecen en el presente decreto son las personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil con fecha anterior al inicio de la relación laboral o no inscritos que, cumpliendo los requisitos para su inscripción, hayan solicitado su inclusión en el mismo, con fecha anterior al inicio de la relación laboral.

También se dirigen a las personas que, sin límite de edad, tienen reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que, con anterioridad al inicio de la relación laboral se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha, así como a los colectivos de personas en situación de exclusión social y a las mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.

Las acciones de este plan dirigidas a personas destinatarias, con edad igual o inferior a los 30 años, serán objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo de Empleo Juvenil, imputándose entre ejes de acuerdo con lo establecido en los criterios de selección de dicho Programa Operativo. A su vez, las acciones de este plan dirigidas a las personas que no se encuentran en dicha franja de edad, serán objeto de cofinanciación por el Programa Operativo Regional del FSE 2014-2020.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos los trámites relacionados con el procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en este decreto se realizarán únicamente por medios electrónicos.

Dentro de la estructura organizativa de esta Comunidad, corresponde a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, a tenor del artículo 1 del Decreto 81/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, la ejecución de la legislación laboral, el fomento del empleo en la región, así como el estudio, formulación y coordinación de las líneas fundamentales de la política económica regional.

De acuerdo con lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Economía, Empresas y Empleo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 27 de diciembre de 2016,

Dispongo:

Artículo único Modificación del Decreto 213/2015, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha.

El Decreto 213/2015, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, queda modificado del siguiente modo:

Uno. Se modifica el apartado 2 del artículo 1, quedando redactado en los siguientes términos:

"2. A tal efecto, el Plan se articula en dos grandes ejes, dentro de los que se incluyen las siguientes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR