Decreto 80/2015, de 14/07/2015, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorPresidencia de la Junta.
Rango de LeyDecreto

El Decreto 46/2015, de 5 de julio, ha establecido una nueva estructura de la Administración Regional.

El presente Decreto articula una nueva estructura de los diferentes órganos integrantes de la Presidencia, con el objetivo de acercar la Administración Regional al ciudadano, para lo cual resulta prioritario fomentar la transparencia en su actuación. Con esta finalidad la Oficina de Transparencia y Control Presupuestario, adscrita a la Vicepresidencia, como órgano encargado de garantizar el acceso público a la información que sea de interés para la sociedad, desempeñará las competencias en materia de estadística y contemplará un buzón ciudadano que habilite canales de comunicación a través de los cuales los ciudadanos y ciudadanas de la Región puedan trasladar sus necesidades, aspiraciones y sugerencias, de forma accesible, como canal para una Administración Regional próxima y cercana a sus problemas. Asimismo, será el órgano encargado del impulso de la normativa regional en materia de transparencia.

Del mismo modo, se considera necesario potenciar la actuación del Gobierno en defensa de los intereses de la Región en sus relaciones con otras Administraciones Públicas, así como con la Unión Europea, en atención a la transcendencia y repercusión en el ámbito autonómico de las decisiones adoptadas a nivel supranacional, adscribiendo la Dirección General de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos, a la Vicepresidencia, para el impulso, coordinación y desarrollo de las políticas, programas e iniciativas que afecten a las competencias e intereses regionales en los ámbitos referidos.

Asimismo, y con la finalidad de coordinar la acción de las Consejerías integrantes del ejecutivo regional en los ámbitos descritos y en su acción conjunta, se adscribe a la Vicepresidencia la Dirección de Coordinación y Planificación.

En el compromiso del gobierno regional con las políticas de igualdad se contará con la participación de la persona titular del Instituto de la Mujer en las deliberaciones y acuerdos que se adopten por el Consejo de Gobierno.

Por ello, a propuesta del Vicepresidente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 14 de julio de 2015, dispongo:

Artículo 1 Órganos de la Presidencia.

Son órganos integrados en la estructura de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Vicepresidencia, la Secretaría General de la Presidencia y el Gabinete de la Presidencia.

Artículo 2 Ámbito competencial de la Vicepresidencia.

La Vicepresidencia tiene atribuidas las siguientes competencias: La coordinación de las Consejerías, de los órganos integrantes de la Administración Regional y de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades, bajo la superior dirección del Presidente; la representación del Gobierno de Castilla-La Mancha en los organismos de carácter suprautonómico y la coordinación de los trabajos de las Comisiones Bilateral y Mixta de Transferencias; la Secretaría del Consejo de Gobierno, y la elevación a éste de las propuestas que se refieran a la Presidencia de la Junta; las relaciones con las Cortes de Castilla-La Mancha y cualquier otra materia que le sea encomendada o delegada por la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

La Vicepresidencia tiene atribuidas así mismo las competencias de dar a conocer a la sociedad la acción política institucional del Gobierno de Castilla-La Mancha y apoyar al titular de la Presidencia en la dirección y coordinación de la política informativa del Gobierno; y, a tal fin, asume la Portavocía del Gobierno y las relaciones con los medios de comunicación social.

Asimismo, le corresponde la gestión del proceso de traspaso de funciones y servicios en materia de justicia y cualquier otra materia que le atribuya una disposición de carácter general.

Las Delegaciones Provinciales dependen funcionalmente de la Vicepresidencia y a la persona titular de la Vicepresidencia le corresponde la propuesta, al Consejo de Gobierno, del nombramiento y cese de los Delegados Provinciales de la Junta de Comunidades.

Artículo 3 Órganos de la Vicepresidencia.
  1. La Vicepresidencia se estructura los siguientes órganos directivos:

    1. Dirección General de Relaciones con las Cortes

    2. ...

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