Decreto 5/2018, de 22 de enero, por el que se modifica el Decreto 17/2000, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de Agentes Medioambientales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Fecha de Entrada en Vigor19 de Febrero de 2018
SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
Rango de LeyDecreto

El artículo 2 del Decreto 17/2000, de 1 de febrero, por el que se aprobó el reglamento del Cuerpo de Agentes Medioambientales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, modificado por el Decreto 84/2014, de 1 de agosto, por el que se modifica el Decreto 126/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, adscribe dicho cuerpo a la Dirección General que tenga atribuida la competencia en materia de medio natural, quien se coordinará con las personas titulares de otras Direcciones Generales cuyas competencias estén dentro del ámbito funcional del cuerpo de agentes medioambientales. Con el fin de dotar de mayor eficacia a la gestión y coordinación administrativa del referido Cuerpo, se modifica la adscripción del mismo, unificándose en la persona titular de la Secretaría General de la Consejería que tenga atribuida la competencia en materia de medio natural.

La sentencia dictada por la sección segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de fecha 15 de octubre de 2015, anula y deja sin efecto el párrafo 4º del artículo 8.1 del Decreto 17/2000, de 1 de febrero, resultante de la modificación operada mediante el apartado tres del artículo único del Decreto 85/2012, de 24 de mayo, por el que se modifica el Decreto 17/2000, de 1 de febrero, por el que se aprueba el reglamento del Cuerpo de Agentes Medioambientales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Como consecuencia de ello se establece como sistema de provisión del puesto de trabajo denominado "Coordinador Regional" el concurso singularizado con la exigencia de experiencia para poder participar en él de una antigüedad mínima de siete años en destino definitivo en puesto de trabajo de Coordinador Provincial o Adjunto, cinco años de Coordinador Comarcal o doce años de Agente.

Se modifica también el artículo 14 del Decreto 17/2000, de 1 de febrero, relativo a la Comisión Asesora mixta del Cuerpo de Agentes Medioambientales.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y...

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