Decreto 115/2014, de 27/11/2014, por el que se modifica el Decreto 294/2011, de 10 de noviembre, por el que se adoptan medidas y se establecen los órganos competentes para la racionalización técnica en materia de contratación para la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Hacienda
Rango de LeyDecreto

El Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, regula la contratación de las Administraciones públicas y del resto de entes, organismos y entidades del sector público, dedicando el Título II a la "Racionalización Técnica de la contratación". La Disposición final segunda, apartado 3º de la ley establece el carácter básico de parte de su articulado, y señala los preceptos que no tienen tal carácter, entre otros, los relacionados con la autoorganización del sujeto público, correspondiendo, en consecuencia, a las Comunidades Autónomas la facultad de proceder a su regulación.

Por ello, y en el ejercicio de las competencias de autoorganización y de regulación del procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia, atribuidas por los artículos 31.1.1ª y 28ª y 39.3 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, el Gobierno de la Comunidad Autónoma aprobó el Decreto 294/2011, de 10 de noviembre, por el que se adoptan medidas y se establecen los órganos competentes para la racionalización técnica en materia de contratación para la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos (DOCM nº222, de 14/11/2011).

Por su parte, el Decreto 147/2012, de 28 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda, atribuye a dicha Consejería en su artículo 1, letra c), el desarrollo normativo y la coordinación en materia de contratación administrativa del sector público regional. Este mismo decreto, en su artículo 4.2.2.a), atribuye a la Secretaría General la formulación de las propuestas de normas relativas a la contratación pública y, en concreto, de la contratación centralizada, que sean competencia de la Comunidad Autónoma, así como la coordinación, ordenación de los procedimientos y normalización de los documentos en materia de contratación pública.

Así, dado el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor...

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