Decreto 11/2015, de 11/03/2015, por el que se regula el informe de evaluación de los edificios y se crea el Registro de Informes de Evaluación de los Edificios, en Castilla-La Mancha.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Fomento
Rango de LeyDecreto

I

El objetivo fundamental de la política de vivienda en Castilla-La Mancha, en desarrollo de la competencia exclusiva en materia de vivienda (art. 31.1.2ª del Estatuto de Autonomía), y en el marco de la legislación básica estatal, es el de garantizar el derecho constitucional de los ciudadanos a una vivienda digna y adecuada, reconocido en el artículo 47 de la Constitución Española, potenciando la mejora de las condiciones de conservación, de eficiencia energética y de accesibilidad de los inmuebles, y con ello la calidad de vida de las personas que las habitan, y a la vez impulsar el sector de la construcción, y adecuando la actuación de los poderes públicos implicados a los principios básicos de mejora de la calidad, sostenibilidad medioambiental y del medio urbano, accesibilidad universal y eficiencia energética.

Así, la Ley 8/2013, de 26 de junio, establece la obligación, para determinados tipos de edificaciones, de contar con un Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) cuyo objeto es nutrir los censos de construcciones, edificios, viviendas y locales que precisen actuaciones de rehabilitación, en materia de conservación, accesibilidad y eficiencia energética. La Ley establece, además, la obligación de inscribir dichos IEE en un registro público que deberá crearse en cada Comunidad Autónoma, formando parte de un registro integrado único, con el fin de disponer de la información necesaria para el desarrollo de nuevas políticas públicas, asegurando los principios de información, coordinación y eficacia de las Administraciones Públicas.

El Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, establece un Programa de ayudas a la implantación del IEE e incorpora en sus anexos el modelo de formulario donde se detalla pormenorizadamente el contenido del informe.

El Convenio de Colaboración, suscrito el 21 de julio de 2014, entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la ejecución del Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013 - 2016, además de establecer el marco de colaboración entre las dos Administraciones Públicas para la gestión del programa estatal de apoyo a la implantación del IEE, recoge en su cláusula adicional segunda el compromiso de la Comunidad Autónoma de crear y poner en marcha el Registro de Informes de Evaluación de los Edificios, con anterioridad a la concesión de cualquier tipo de ayuda relacionada con los programas de fomento de la rehabilitación edificatoria y la regeneración urbana, así como el de apoyo a la implantación del propio informe.

El Decreto 71/2014, de 24 de julio, contiene, entre otros, un programa de ayudas a la implantación del IEE, en desarrollo del Programa regulado en el Plan Estatal, conforme a lo acordado en el Convenio de Colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma y el Ministerio de Fomento.

Asimismo el Plan regional contiene, en el Programa de ayudas a la rehabilitación edificatoria, la previsión de ayudas a la rehabilitación de zonas privativas de las viviendas y en edificios de una sola vivienda, como complemento autonómico e independiente a las ayudas a la rehabilitación contempladas en dicho Plan regional, dado que tienen en común los fundamentos en que se apoya y los objetivos que persiguen, y que no son otros que la incidencia en el ahorro y la eficiencia energética de las viviendas, entre otros, de acuerdo con lo dispuesto por las Directivas de la Unión Europea, y los Gobiernos Central y Autonómico.

II

En desarrollo de lo establecido en la Disposición transitoria primera de la Ley 8/2013, de 26 de junio, así como en el Plan estatal de fomento del alquiler, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbana 2013-2016, y en virtud de los compromisos adquiridos por la Comunidad Autónoma reflejados en el Convenio de Colaboración para la ejecución del plan estatal, con la aprobación del presente Decreto se pretende regular el procedimiento, los efectos, el calendario de aplicación y los sujetos afectados por el IEE en el ámbito de la Comunidad Autónoma, así como la creación del Registro de Informes de Evaluación de los Edificios de Castilla-La Mancha.

El Decreto se estructura en torno a tres capítulos, dos disposiciones transitorias y tres disposiciones finales. El Capítulo I regula las disposiciones generales: el objeto, ámbito de aplicación y competencias en relación con las actuaciones reguladas en el mismo. El Capítulo II regula el contenido del IEE, los sujetos obligados, inmuebles afectados, y el calendario de realización, el procedimiento, el régimen sancionador, los efectos del informe desfavorable, así como la capacitación técnica requerida para la elaboración del Informe. El Capítulo III regula la estructura, datos inscribibles, requisitos mínimos de inscripción, organización y funcionamiento del Registro de Informes de Evaluación de los Edificios de Castilla-La Mancha, y la gestión electrónica de los procedimientos registrales.

La Disposición transitoria primera regula la situación en que quedan los edificios que, a la entrada en vigor del presente Decreto, dispongan de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) en vigor, en relación con el IEE. Y la Disposición transitoria segunda regula el régimen transitorio del calendario y plazos de realización del IEE para edificios de antigüedad superior a 50 años.

Por su parte, la disposición final primera modifica la redacción de los artículos 38 y 45 del Decreto 71/2014 de 24 de julio, por el que se regula el Plan de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016 de Castilla-La Mancha, incrementando la cuantía de las ayudas del Programa de Fomento de la rehabilitación edificatoria y del programa de Fomento de la Regeneración y Renovación Urbanas. Se suplementan con financiación autonómica, las ayudas previstas con financiación estatal, tanto sus importes unitarios como los porcentajes de aplicación a los costes subvencionables para su cálculo, y se aumentan las ayudas previstas para las zonas privativas de las viviendas y edificios de una sola vivienda, con financiación exclusivamente a cargo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el caso del programa de Fomento de la rehabilitación edificatoria. De igual forma se aumenta la ayuda unitaria por vivienda y el porcentaje aplicable al coste subvencionable para su cálculo, en obras de rehabilitación del programa de Fomento de la Regeneración y Renovación Urbanas.

Además, la Disposición final segunda habilita el desarrollo normativo del Decreto por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de vivienda y la Disposición final tercera se refiere a la entrada en vigor del Decreto.

En virtud de cuanto antecede, a propuesta de la Consejera de Fomento, informado favorablemente por la Comisión Regional de la Vivienda en su sesión de 1 de diciembre de 2014, de acuerdo con el Consejo Consultivo de CastillaLa Mancha, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 11 de marzo de 2015.

Dispongo:

Capítulo I Disposiciones generales Artículos 1 a 3
Artículo 1 Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto regular el Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, así como la creación del Registro autonómico de Informes de Evaluación de los Edificios de Castilla-La Mancha, en desarrollo de las previsiones contenidas en la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.

El presente Decreto será de aplicación a los todos los edificios de tipología de vivienda colectiva cuyos propietarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5, estén obligados a acreditar la situación en la que se encuentra el edificio en relación con su estado de conservación, el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, así como sobre el grado de eficiencia energética del mismo.

Artículo 3 Competencia.

Es competencia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, dentro de su ámbito territorial y conforme a la regulación estatal de carácter básico, establecer el desarrollo normativo del marco general de regulación del IEE, fijando los aspectos mínimos que deben ser revisados y los criterios de evaluación.

El órgano de la Administración autonómica competente en relación con las actuaciones contempladas en el presente Decreto en materia de implantación y gestión del Registro de Informes de Evaluación de los Edificios de Castilla-La Mancha será la Dirección General que tenga atribuidas...

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