Orden de 22/10/2013, , por la que se establece el sistema de codificación de contratos para la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos, y se adapta al gestor electrónico de expedientes de contratación.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Hacienda
Rango de LeyOrden
  1. DISPOSICIONES GENERALES

Consejería de Hacienda

Orden de 22/10/2013, de la Consejería de Hacienda, por la que se establece el sistema de codificación de contratos para la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos, y se adapta al gestor electrónico de expedientes de contratación [2013/13036]

Exposición de motivos

El Decreto 54/2011, de 17 de mayo, por el que se regula la utilización de medios electrónicos y se establecen medidas de organización y de mejora de la transparencia en la contratación del Sector Público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, completa la regulación autonómica en el ámbito de la utilización de medios electrónicos en la actividad de la Administración, al definir y regular el sistema de gestión y tramitación de contratos, que permitirá implementar electrónicamente el procedimiento de licitación de los contratos del sector público.

El artículo 4 de dicho decreto regula el sistema integral de gestión y tramitación de los contratos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de su sector público, y deberá incluir, entre otros servicios, un gestor de expedientes de contratación y un procedimiento de licitación electrónica.

Con fecha del pasado 1 de marzo entró en vigor la Orden de la Consejería de Hacienda, de 14 de febrero del 2013, que establecía un sistema de codificación de contratos para la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos. En su exposición de motivos se hacía referencia a la próxima implantación de un gestor electrónico de expedientes de contratación, y a la necesidad previa de normalizar los procedimientos y utilizar nomenclaturas y sistemas de codificación de contratos comunes para todos. El objetivo de lograr una identificación clara y eficaz de todos los procedimientos y expedientes administrativos de contratación, y de sus órganos responsables, se ha logrado en gran parte, si bien queda pendiente la identificación de los expedientes electrónicos supeditada a la implantación del gestor corporativo.

Por otra parte, la aplicación efectiva del sistema de codificación de contratos por las consejerías, servicios periféricos y demás órganos con facultades en materia de contratación puso de manifiesto algunas dificultades relacionadas con el ámbito objetivo de la orden; en especial, las relacionadas con la obligación de codificar todos los contratos menores. Estos primeros obstáculos se solventaron de forma transitoria con una recomendación de la Comisión Regional de Contratación, la cual, en una interpretación conjunta de los artículos 1 y 3 de la mencionada orden, concluyó que la codificación de los contratos menores podía restringirse, temporalmente y hasta la implantación del gestor electrónico de expedientes, a aquéllos que exigiesen la tramitación de un procedimiento y algún tipo publicidad o notificación. La Comisión consideró que a partir de la fecha de implantación de gestor electrónico de expedientes "deberían codificarse todos los contratos".

La aprobación simultánea de la orden de implantación del gestor corporativo de expedientes de contratación para todos los órganos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha...

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