Decreto 116/2009, de 25/08/2009, por el que se adoptan medidas urgentes para la atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de naturaleza catastrófica producidas por fenómenos meteorológicos adversos y por incendios forestales en el territorio de Castilla-La Mancha.

Fecha de Entrada en Vigor28 de Agosto de 2009
SecciónI. Disposiciones generales
EmisorPresidencia de la Junta.
Rango de LeyDecreto

Se han venido produciendo, en el transcurso del verano, en el territorio de la Comunidad Autónoma, y en especial en las provincias de Cuenca, Guadalajara y Toledo, incendios y tormentas que han causado importantes daños en bienes de titularidad pública y privada.

El presente Decreto va dirigido a complementar algunas de las medidas que contempla el Real Decreto-ley 12/2009, de 13 de agosto, por el que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas, y además autoriza a las Consejerías competentes a suscribir los convenios de colaboración que requieran la aplicación en el territorio de Castilla-La Mancha de dicho Real Decreto-ley.

La importancia de los daños aconseja que se adopten medidas con urgencia mediante órdenes o resoluciones que establezcan los requisitos, cuantías, ámbito territorial y posibles beneficiarios, para lo que se habilita a las distintas Consejerías, según cada caso, competentes.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 25 de agosto de 2009, Dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Es objeto de este Decreto regular las actuaciones extraordinarias y urgentes necesarias para la reparación de los daños causados por fenómenos meteorológicos adversos y por incendios forestales en Castilla-La Mancha y facultar a las Consejerías competentes para la firma de los convenios que fueran precisos para la aplicación, en el ámbito territorial de CastillaLa Mancha, del Real Decreto-ley 12/2009, de 13 de agosto, por el que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.

Las medidas establecidas en este Decreto serán de aplicación a los términos municipales y núcleos de población determinados conforme a lo previsto en el artículo 1 del Real Decreto-ley 12/2009, de 13 de agosto.

Artículo 3 Líneas de ayudas sectoriales y régimen de contratación. 1

Se encomienda a las distintas Consejerías, en el ámbito de sus competencias, la tramitación de...

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