Resolución de 10/06/2011, , por la que se realiza la convocatoria para el año 2011, de las ayudas destinadas a las empresas agrarias, las industrias agroalimentarias y los titulares de establecimientos de almacenamiento o gestión de subproductos, para la mejora de la capacidad técnica de gestión de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano (SANDACH) en Castilla-La Mancha.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyResolución
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Agricultura y Medio Ambiente

Resolución de 10/06/2011, de la Dirección General de Producción Agropecuaria, por la que se realiza la convocatoria para el año 2011, de las ayudas destinadas a las empresas agrarias, las industrias agroalimentarias y los titulares de establecimientos de almacenamiento o gestión de subproductos, para la mejora de la capacidad técnica de gestión de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano (SANDACH) en Castilla-La Mancha. [2011/9155]

Por medio de la Orden de 15 de septiembre de 2008, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (DOCM núm. 197, de 24-09-2008), se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las explotaciones ganaderas, las industrias agroalimentarias y establecimientos de gestión de subproductos, para la mejora de la capacidad técnica de gestión de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano, en el marco del Plan Nacional Integral de Subproductos de Origen Animal no destinados al consumo humano (SANDACH), y reguladas a nivel nacional por el Real Decreto 1178/2008, de 11 de julio, (B-O.E nº 168, de 12-07-2008).

En la disposición final segunda de la Orden citada, se faculta a la persona titular de la Dirección General de Producción Agropecuaria, para dictar las resoluciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden, así como para dictar las resoluciones de convocatoria en años sucesivos, en su virtud, he resuelto:

Primero. Objeto y finalidad.

  1. El objeto de la presente Resolución es realizar la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2011 de las ayudas destinadas a las empresas agrarias, las industrias agroalimentarias y los titulares de establecimientos de almacenamiento o gestión de subproductos, para la mejora de la capacidad técnica de gestión de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano(SANDACH) en Castilla-La Mancha, en base a lo establecido Orden de 15 de septiembre de 2008, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, (DOCM núm. 197, de 24-09-2008) y por el Real Decreto 1178/2008, de 11 de julio,

    (B-O.E nº 168, de 12-07-2008).

  2. Las inversiones subvencionadas deberán tener en cada caso la finalidad señalada en los Capítulos II, III, IV y V de la citada Orden de 15 de septiembre de 2008, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural.

    Segundo. Actividades subvencionables, beneficiarios y requisitos.

  3. Para las ayudas a las pequeñas y medianas empresas agrarias, las actividades subvencionables se encuentran reguladas en los artículos 3 y 4 de la citada Orden de15 de septiembre de 2008 y los beneficiarios y sus requisitos en el artículo 5 de la Orden.

  4. Para las ayudas a industrias agroalimentarias, las actividades subvencionables se encuentran reguladas en los artículos 7 y 8 de la citada Orden de15 de septiembre de 2008 y los beneficiarios y sus requisitos en el artículo 9 de la Orden.

  5. Para las ayudas al almacenamiento y procesado intermedio de subproductos, las actividades subvencionables se encuentran reguladas en los artículos 11 y 12 de la citada Orden de15 de septiembre de 2008 y los beneficiarios y sus requisitos en el artículo 13 de la Orden.

  6. Para las ayudas a plantas de transformación, destrucción o valorización de subproductos, las actividades subvencionables se encuentran reguladas en los artículos 15 y 16 de la citada Orden de15 de septiembre de 2008 y los beneficiarios y sus requisitos en el artículo 17 de la Orden.

    Tercero. Modelo, lugar y plazo de presentación de las solicitudes.

  7. Las solicitudes de ayudas se cumplimentarán en el formulario cuyo modelo figura como anexo I de la presente Resolución.

  8. Dichas solicitudes estarán dirigidas al titular de la Dirección General de Producción Agropecuaria, pudiendo ser presentadas en:

    1. El Registro General de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, Delegaciones Provinciales de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Oficinas Comarcales Agrarias, o en cualquiera de los registros o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    2. Mediante llamada al teléfono 012 o al 902 26 70 90 si se llama desde fuera de la región.

    3. A través de fax, al número de teléfono 925 26 89 53 de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente

    4. Mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (http://www.jccm.es).

  9. Las solicitudes podrán presentarse desde el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y hasta el día 30 de junio de 2011, ambos inclusive.

    No obstante lo anterior y teniendo en cuenta lo restablecido en el punto 3 del artículo 20 de la Orden de 15 de septiembre de 2008, las solicitudes que se hayan presentado entre el 1 de enero de 2011 y la entrada en vigor de la presente resolución, serán también admitidas como presentadas dentro de plazo, estando sujetas a las mismas condiciones y requisitos que las presentadas hasta el 30 de junio de 2011.

    Cuarto. Relación de documentos que deben acompañar a la solicitud.

    Junto con la solicitud, se presentará la siguiente documentación salvo que ya obre en poder de esta Administración, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fue entregada, no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento que motivó su presentación y no se hayan producido cambios que modifiquen su contenido.

  10. La documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos, en cada caso, en los capítulos II, III, IV y V de la Orden de 15 de septiembre de 2008, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, en la forma prevista por la Orden de ......que modifica la anterior.

  11. Fotocopia del NIF o autorización expresa para su consulta telemática por la Administración, del interesado o representante y, en su caso, la documentación que acredite la capacidad de representación.

  12. Declaración responsable incluida al efecto en la solicitud del cumplimiento de requisitos del Reglamento (CE) nº 1069/2009, del Parlamento europeo y del Consejo, de 21 de octubre.

  13. Declaración responsable incluida al efecto en la solicitud de otras ayudas solicitadas y, en su caso, percibidas para el mismo fin, incluyendo el compromiso de comunicar a la Consejería de...

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