Resolución de 29/08/2011, , sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto de: Planta de tratamiento y valorización de residuos no peligrosos para la producción de biogás y energía eléctrica en Albarreal de Tajo (Toledo), recogido en el expediente PRO-TO-11-0719, cuyo promotor es Grupo Azon Ramón y Cajal, S.L.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Sanidad y Consumo; Consejería de Agricultura
Rango de LeyResolución
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Agricultura

Resolución de 29/08/2011, de los Servicios Periféricos de Agricultura de Toledo, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto de: Planta de tratamiento y valorización de residuos no peligrosos para la producción de biogás y energía eléctrica en Albarreal de Tajo (Toledo), recogido en el expediente PRO-TO-11-0719, cuyo promotor es Grupo Azon Ramón y Cajal, S.L. [2011/12671]

La Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla La Mancha, dispone, en su art.5.2, que los proyectos, públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, construcciones, instalaciones o cualquiera otra actividad comprendida en el Anexo II sólo deberán someterse a Evaluación del Impacto Ambiental, previamente a su autorización por el órgano sustantivo que corresponda, en la forma prevista en esta ley cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. La decisión, que debe ser motivada y pública, se ajustará a los criterios establecidos en el Anexo III.

  1. - Descripción del proyecto y condiciones propuestas por el promotor en el Documento Ambiental.

    El proyecto consiste en la instalación de una planta de tratamiento y valorización de residuos no peligrosos para la producción de biogás y energía eléctrica en la parcela 73 del polígono 2 en el término municipal de Albarreal de Tajo (Toledo).

    El total de la parcela tiene una superficie según referencia catastral de 10 hectáreas, 80 áreas, del total de la parcela se segregará una superficie de 15.000 m2, que el ayuntamiento pretende recalificar como uso industrial para el desarrollo de la actividad proyectada. La distancia desde la parcela donde se ubicará la planta hasta la zona urbana y urbanizable es de 1.237 m y 49 metros al arroyo Barcience.

    La planta tratará anualmente 10.000 toneladas de purines, 1.500 toneladas de gallinaza, 1.000 toneladas de estiércol de vacuno, 400 toneladas de cultivo Bio (Moringa), 2.000 toneladas de restos vegetales y 3.000 toneladas de grasas animales.

    En la planta se realizarán las siguientes actividades:

    - Reducción de carga orgánica, desodorización y acondicionamiento de los subproductos ganaderos y agroalimentarios mediante un proceso de digestión anaerobia.

    - Generar biogás en la cantidad y calidad adecuada para hacer funcionar una unidad de cogeneración de 499 Kw de potencia durante un mínimo de 8.000 horas anuales.

    - Generación de calor para el calentamiento de los digestores anaerobios a temperaturas constantes durante todo el año entre 35-40 ºC para conseguir que la biometanización sea generada de una manera lo más efectiva posible disminuyendo así la carga en DBO del digestato final.

    - Gestión responsable de los residuos no peligrosos, realizando la trazabilidad y control de las aplicaciones del nitrógeno como valoración agronómica.

    Las instalaciones proyectadas son las siguientes:

    - Arco de desinfección (4×4).

    - Báscula (14×3).

    - Almacenamiento de materia sólida entrante (30×14).

    - Almacenamiento de grasas sólida (3 Ø). - 2 Balsas de purines (13,208 Ø).

    - Sistema de dosificación y pesaje.

    - Almacenamiento de digestato líquido (14,51 Ø).

    - Sistema de higienización (3 Ø).

    - Separador de líquidos (1,5×3).

    - Cabina de bombeo (8×3).

    - Cabina de motores (12×3).

    - Digestor anaerobio circular cubierto por una lámina de PVC reforzado (29,94 Ø).

    - Cabina de control (9×6).

    - Caseta de herramientas (10×50).

    - Almacenamiento de materia sólida saliente (7,9×13,6).

    - Depósito de agua.

    - Aparcamientos. - 2 lagos.

    - Cerramiento perimetral.

    La cantidad de efluente será de 13.650 Tn/año sin contar con el agua de limpieza y se producirá 125 Kg. de residuos peligrosos (100 Kg. de envases vacíos de productos peligrosos, 10 Kg. de aceite hidráulico no clorado, 10 Kg. de aceites sintéticos no clorados de motores y 5 Kg. de reactivos químicos).

    Respecto a la clasificación RAMINP, el proyecto recoge actividades molestas, insalubres y peligrosas.

    La planta de tratamiento no proyecta recibir lodos de depuradoras ni se realizará compostaje.

    Los distintos residuos líquidos que se va a valorizar serán almacenados en silos trinchera debidamente impermeabilizados y el transporte de los mismos se realizará mediante sinfín y cintas transportadoras hasta el interior del fermentador tras ser pesadas las mismas.

    Una vez los residuos sean digeridos e higienizados se procederá a separar la fase sólida de la líquida a través de una bomba centrífuga de 2 KW, obteniendo una fase sólida con un 50% de humedad y una fase líquida con un contenido en sólidos alrededor del 5%. La fase líquida será almacenada en el depósito final de recepción, mientras que la fase sólida se almacenará en silos trinchera adecuados a tal efecto. Ambas fases, líquida y sólida se comercializarán y/o aplicará a campo como fertilizante agrícola.

    La instalación requiere de unos 500 m3 anuales aunque no es necesaria red de abastecimiento de agua ya que el agua a utilizar se suministrará mediante camiones cuba debido a las bajas cantidades de consumo hídrico necesarias en este tipo de instalaciones.

    Y respecto a la red de saneamiento se trata de una industria con punto de vertido cero por lo que no es necesaria dicha red. Las aguas utilizadas para la limpieza, sanitarios y otros usos son incorporadas al tanque de almacenamiento de efluentes finales.

    Se dispondrá de punto de evacuación para la energía eléctrica generada, estando el punto de evacuación en la propia parcela.

  2. -Tramitación y consultas.

    Con fecha 21 de junio de 2011, se recibe del los Servicios Periféricos de Toledo de la Consejería de Fomento (Toledo), como órgano sustantivo del proyecto de planta de tratamiento y valorización de residuos no peligrosos para la producción de biogás y energía eléctrica en Albarreal de Tajo (Toledo), recogido en el expediente PRO-TO-11-0719, el Documento Ambiental aportado por Grupo Azon Ramón y Cajal, S.L., requiriendo el inicio del correspondiente procedimiento reglado de evaluación del impacto ambiental al estar incluido el proyecto en la citada ley (Anejo II. Grupo 10, n) Aquellos proyectos que concurran varias acciones que están relacionadas en los Anexos pero por su dimensión queden excluidos de ser sometidos a Evaluación del Impacto Ambiental, efecto sinérgico).

    Conforme al artículo 5 de la Ley 4/2007, con fecha de salida 1 de julio de 2011, se solicita información complementaria simultáneamente al inicio del trámite de consultas previas a las administraciones, organismos e instituciones implicadas, previsiblemente afectadas por su ejecución, para que informen sobre los aspectos que les correspondan en función de sus competencias relacionadas con el proyecto. Y el 29 de junio de 2011 se recibe la información complementaria solicitada.

    Estos organismos e instituciones consultadas han sido los siguientes:

    - Delegación Provincial de Agricultura y Medio Ambiente- Servicio Provincial de Calidad y Sostenibilidad Ambiental en Toledo. *

    - Delegación Provincial de Agricultura y Medio Ambiente- Servicio Provincial de Medio Natural. *

    - Consejería de Agricultura y M. A., D. Gral. Evaluación Ambiental, Servicio Provincial de Medio Ambiente Industrial. *

    - Delegación Provincial de Ordenación del Territorio y Vivienda de Toledo - Servicio Provincial de planeamiento.

    - Servicio Provincial de Toledo de la Agencia del Agua de Castilla La Mancha. *

    - Delegación Provincial de Educación, Ciencia y Cultura de Toledo - Servicio Provincial de Patrimonio Cultural. *

    - Delegación Provincial de Salud y Bienestar Social - Servicio Provincial de Salud Pública. *

    - Ayuntamiento de Albarreal de Tajo.*

    - Confederación Hidrográfica del Tajo

    - Ecologistas en Acción.

    - Sociedad Española de Ornitología (S.E.O).

    Se señalan con * las entidades que remitieron informe a esta Delegación.

    Los aspectos más destacables de las respuestas recibidas respecto a las consultas previas realizadas se recogen a continuación:

    El Servicio de Medio Natural de estos Servicios Periféricos en Toledo de la Consejería de Agricultura informa que cualquier actuación, tanto en la ejecución de la planta de tratamiento como en la línea eléctrica y centros de seccionamiento y entrega, que implique modificación o descuaje de cubiertas vegetales naturales de matorral o arbolado, o la roturación de los terrenos forestales, requerirá autorización previa de dicho Servicio de Medio Natural, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.2 de la Ley 3/2008 de montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.

    El Ayuntamiento de Albarreal de Tajo comunica que la instalación de una planta para producción de biogas y electricidad en esta finca está permitida en el P.O.M. de Albarreal de Tajo y que al tratarse de una instalación industrial en un suelo rústico de reserva deberá tramitarse un expediente de calificación urbanística según la LOTAU, previa a la solicitud de licencia de obra y actividad. Además se informa favorablemente a la implantación de la planta de producción de biogás en la finca nº 73 del polígono 2 de este municipio.

    La Delegación Provincial de Educación, Ciencia y Cultura de Toledo (Exp. Cultura: 111013) informa favorablemente respecto al proyecto en cuestión.

    La Delegación Provincial de Salud y Bienestar Social Toledo comunica que se deberá asegurar la impermeabilidad de la solera del recinto donde se llevará a cabo el almacenamiento de residuos orgánicos y extremar las medidas para evitar la contaminación del suelo y de las aguas en la gestión de lixiviados, empleando el sistema adecuado.

    La Agencia del Agua de Castilla-La Mancha realiza las siguientes observaciones:

    - Durante las obras de construcción y de explotación no se podrá localizar ningún tipo de obra, instalación auxiliar o residuos sólidos urbanos, en zonas de por erosión, escorrentía o lixiviación puedan contaminar las aguas superficiales o subterráneas. Además se deberá prestar especial atención a los vertidos líquidos procedentes de las labores de mantenimiento de la maquinaria empleada...

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