Decreto 302/2011, de 22/12/2011, por el que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de medios económicos, en régimen de concurrencia competitiva para la gestión del funcionamiento de Centros de la Mujer y Casas de Acogida en Castilla-La Mancha.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorPresidencia de la Junta.
Rango de LeyDecreto
Artículo 1 Objeto

El presente Decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la gestión del funcionamiento de Casas de Acogida, Centros de Urgencia y Centros de la Mujer.

Artículo 2 Régimen Jurídico

Las subvenciones objeto de este Decreto se regirán, además de por lo previsto en el mismo, por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; por lo dispuesto en el Título III del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, y el Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones; así como por lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa supletoria de aplicación.

Artículo 3 Entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de este Decreto, para la gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y Recursos de acogida en la misma línea de subvenciones conforme al presente Decreto:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de este Decreto, en las líneas correspondientes a al gestión del funcionamiento de los Centros de la Mujer y Recursos de acogida:

  1. Entidades Locales de Castilla-La Mancha.

  2. Entidades privadas sin ánimo de lucro que tengan su domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Artículo 4 Requisitos de las entidades beneficiarias.

Para obtener la condición de beneficiarias, las entidades solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos en la fecha de presentación de solicitudes.

  1. Disponer de la estructura técnica y capacidad suficiente para el cumplimiento del objeto de las presentes subvenciones.

  2. No estar incursa en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiaria.

  3. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74.1 y 2 del Decreto 21/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.

    No estar incursa en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

  4. Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. Las entidades privadas deberán cumplir además, los siguientes requisitos:

  5. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro General de Asociaciones o registros correspondientes.

  6. Carecer de fines de lucro.

Artículo 5 Procedimiento de concesión

Las subvenciones previstas en este Decreto se concederán en régimen de concurrencia competitiva, conforme a lo previsto en el artículo 75.1 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobada por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, y 22 y siguientes del Reglamento de Desarrollo de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero.

El procedimiento de concesión de las subvenciones se iniciará, de oficio, mediante convocatoria pública aprobada por Resolución de la Directora del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, con el contenido referido en el artículo 23 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones.

Artículo 6 Criterios de...

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