Decreto 71/2014, de 24/07/2014, por el que se regula el Plan de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016 de Castilla-La Mancha.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Fomento
Rango de LeyDecreto

I

Los poderes públicos tienen la obligación de promover las condiciones necesarias para hacer efectivo el derecho, reconocido en el artículo 47 de la Constitución Española, a disfrutar de una vivienda digna y adecuada.

La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha asumió la competencia exclusiva en materia de vivienda, según quedó recogido en el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto.

Por Decreto 69/2011, de 27 de junio, en el que se establece la estructura de la Administración Regional, se creó la Consejería de Fomento. Por Decreto 125/2011, de 7 de julio, modificado por Decreto 281/2011, de 22 de septiembre, se establecieron la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Fomento. En el apartado primero del artículo 1 del último Decreto citado, se señala expresamente que la Consejería de Fomento es el órgano de la Administración Autonómica al que compete promover y ejecutar la política regional en materia de vivienda.

El Estado y las Comunidades Autónomas han venido colaborando en materializar las políticas de vivienda a través de los sucesivos Planes de vivienda, el último de los cuales fue el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, que tuvo su traslación a la Comunidad mediante el Decreto 173/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el V Plan Regional de Vivienda y Rehabilitación de Castilla-La Mancha 2009-2012.

Una vez finalizada la aplicación de éste, el Estado y la Comunidad Autónoma vuelven a manifestar su voluntad de trabajar de forma conjunta en política de vivienda, por lo que se ha suscrito Convenio entre la Ministra de Fomento y la Presidenta de la Junta de Comunidades, para la ejecución del Plan estatal de vivienda, mediante el cual se establecen las pautas de colaboración y los compromisos mutuos relativos a la ejecución en la Comunidad Autónoma del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, aprobado por Real Decreto 233/2013, de 5 de abril.

Entre otros fines, este nuevo Plan persigue un cambio fundamental en la política de vivienda. En efecto, tras un largo período produciendo un elevado número de viviendas, se ha generado un significativo stock de vivienda acabada, nueva y sin vender que contrasta con las dificultades de los ciudadanos para acceder a la compra de las mismas

En paralelo, el mercado del alquiler de vivienda en España es muy débil, sobre todo si se compara con el de los países de nuestro entorno. Según los datos del último censo disponible, el alquiler significa en España, el 17%, frente al 83% del mercado de la vivienda principal en propiedad. En Europa, en porcentajes medios, el mercado de la vivienda principal en alquiler representa el 38%, frente al 62% de vivienda en propiedad.

Por tanto, el objetivo fundamental de esta nueva política de vivienda es el de garantizar el derecho constitucional de los ciudadanos a una vivienda digna y adecuada, potenciando como medio de acceso a la misma el arrendamiento, y apostando por la rehabilitación como forma de recuperar un gran parque de viviendas infrautilizado, así como de mejorar las condiciones de conservación, de eficiencia energética y de accesibilidad de los inmuebles, y con ello la calidad de vida de las personas que las habitan, y a la vez impulsar el sector de la construcción a través de la rehabilitación de ese parque de viviendas.

II

El Plan de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016 de Castilla-La Mancha, fija como nuevas líneas de actuación el alquiler, la rehabilitación y el acceso a la vivienda de personas pertenecientes a los sectores más desfavorecidos, comprendiendo los siguientes programas:

  1. Programa de ayudas al arrendamiento de vivienda.

  2. Programa de fomento del parque público de vivienda de alquiler.

  3. Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria.

  4. Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas.

  5. Programa de apoyo a la implantación del informe de evaluación de los edificios.

  6. Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas.

En el Programa de ayuda al alquiler de vivienda se establecen una serie de subvenciones que pretenden potenciar el acceso a la vivienda mediante un contrato de arrendamiento, en la misma tesitura que las otorgadas durante el año 2013. Así, estas ayudas se han planteado para que sean mucho más equitativas y de las que puedan beneficiarse todos los ciudadanos que realmente las precisan, concediéndose en función de la renta que obtiene la unidad de convivencia y mediante un procedimiento basado en el criterio de la concurrencia competitiva.

En lo que se refiere al Programa de fomento del parque público de vivienda de alquiler, debemos destacar que la finalidad de esta línea de actuación es conseguir que las Administraciones Públicas se impliquen en la generación de un parque público de vivienda que genere una oferta sólida de acceso a dichas viviendas mediante las fórmulas del alquiler protegido y del alquiler en rotación. Estas medidas irían fundamentalmente dirigidas a personas con rentas iguales o menores a 1,2 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), en el caso del alquiler en rotación, y el alquiler protegido se encontraría enfocado a personas que obtuvieran rentas que oscilarán entre 1,2 y 3 veces el Iprem, permitiendo así ofrecer una solución a las situaciones de mayor necesidad y el acceso a una vivienda a familias y personas que ni siquiera alcanzan un mínimo de recursos, lo que no se ha contemplado hasta este momento en ningún Plan de vivienda.

El Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria se centra en obras de conservación, de mejora de la sostenibilidad y de la accesibilidad de edificios residenciales, a lo que se suma la ayuda para realizar obras en el interior de la vivienda. Esta línea de actuación, tal y como se anunciaba, cuenta con un instrumento fundamental, el Informe de Evaluación de los Edificios, mediante el cual se pondrán de manifiesto las patologías y defectos de los inmuebles, así como también las medidas que han adoptarse para paliarlos.

Estos Programas se han diseñado con el objetivo de permitir que las ayudas que integran no se circunscriban estrictamente a las viviendas, sino que tengan un mayor alcance y sobrepasen sus límites físicos, llegando a los edificios en que las viviendas se encuentran imbuidas, a los barrios y hasta a la propia ciudad, precisamente porque ello tendrá repercusiones de gran magnitud en los ciudadanos que las habitan. Se trata de una nueva visión que pretende, con esta actuación, hacer que los propietarios dejen de tener un carácter puramente individual y pasen a una concepción más global, dado que todos los ciudadanos se integran en un entorno cuyos beneficios les afectan directamente; es por ello por lo que toman especial relevancia, entre otras entidades, las comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios.

Asimismo se dedica un Programa al fomento de regeneración y renovación urbana, actuación esta que se encuentra conectada al Programa anteriormente referido, dado que ambos suponen una intervención en los espacios públicos. Se pretende con ello que dichos espacios se desarrollen no sólo de forma ordenada, sino también buscando la integración y la conexión de los mismos, así como con la participación directa de los municipios; esto hará que los beneficios obtenidos sean mayores y las actuaciones en sí, más eficaces. Estas actuaciones suponen, entre otras, obras de urbanización, de accesibilidad de espacios públicos, de eficiencia ambiental, de edificación de nueva construcción, de la sustitución de la infravivienda por otras alternativas de vivienda digna, y de obras de demolición, incluyendo los costes del realojo de los afectados, los gastos de los equipos del planeamiento, los de sus oficinas, los de información, los de gestión y los de acompañamiento social.

Estas actuaciones de rehabilitación de edificios y de regeneración y renovación urbana, inciden directamente sobre el ahorro y sobre la eficiencia energética de las viviendas, de acuerdo con los objetivos planteados por el Gobierno Central y las políticas de la Unión Europea.

Quizá una de las innovaciones más importantes del Plan sea la del Programa de fomento de ciudades sostenibles y competitivas, dado que se destina a financiar las ejecuciones de proyectos que tengan una especial transcendencia, y que se basen en líneas estratégicas temáticas, tales como la mejora de barrios, de centros y cascos históricos, o como la renovación de áreas funcionalmente obsoletas, o de renovación de áreas de infravivienda, ecobarrios o zonas turísticas.

Por otro lado, el Plan de Vivienda no olvida la importancia de la colaboración privada en todo el proyecto, lo cual se fomenta de diversas formas. Así, es posible que el órgano competente de la Comunidad Autónoma actúe a través

de entidades colaboradoras, o que se canalice la intervención de estos agentes privados en la ejecución de las actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.

Por último, contamos con el Programa de apoyo a la implantación del Informe de Evaluación de los Edificios que va a impulsar el establecimiento y...

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