Resolución de 14/11/2013, , por la que se modifica la Resolución de 03/04/2009 que otorga autorización ambiental integrada para la planta de envases de vidrio ubicada en el término municipal de Caudete (Albacete), titularidad de la empresa Crisnova Vidrio, S.A.
Sección | III. Otras Disposiciones y actos |
Emisor | Consejería de Sanidad y Consumo; Consejería de Agricultura |
Rango de Ley | Resolución |
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OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Agricultura
Resolución de 14/11/2013, de la Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental, por la que se modifica la Resolución de 03/04/2009 que otorga autorización ambiental integrada para la planta de envases de vidrio ubicada en el término municipal de Caudete (Albacete), titularidad de la empresa Crisnova Vidrio, S.A. [2013/14549]
Nº expediente: AAI-AB-016
La Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, incorpora a la Ley 16/2002 la Disposición Transitoria Primera , que establece que se deben actualizar las autorizaciones ambientales integradas de las instalaciones para su adecuación a la Directiva 2010/75/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre, sobre las emisiones industriales, con anterioridad al 7 de enero de 2014.
Vistos:
- La Ley 16/2002, de 1 de Julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
- Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
- El Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
- El resto de la documentación existente en el expediente.
Esta Dirección General
Resuelve:
Considerar la Autorización ambiental integrada de referencia como actualizada de acuerdo a los requerimientos de la Directiva 2010/75/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre, sobre las emisiones industriales, y modificar dicha autorización en los términos que se exponen a continuación:
En el apartado 6.1.1.1. Valores límite de emisión y condiciones de focos de emisión
Donde dice:
-
Valores límite de emisión expresados como concentración, aplicables a la salida de gases de las chimeneas de los hornos de fusión.
Hg y Cd
Límite de emisión (mg/Nm3) 0,05
Debe decir:
-
Hasta la fecha 6 de enero de 2014, los valores límite de emisión de metales expresados como concentración, aplicables a la salida de gases de las chimeneas de los hornos de fusión.
Hg y Cd
Límite de emisión (mg/Nm3) 0,05
A partir de la fecha 7 de enero de 2014 los valores límite de emisión de dioxinas, furanos y metales expresados como concentración, aplicables a la salida de gases de las chimeneas de los hornos de fusión.
Dioxinas y furanos
Límite de emisión (ng/Nm3) 0,1
Cd + Tl Hg
Límite de emisión (mg/Nm3) 0,05 0,05
Se mantienen el resto de valores límite de emisión a la atmósfera de contaminantes no mencionados.
En todo caso, se respetarán, en esta materia, las prescripciones y condicionantes que establecidos en el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, en particular, en lo relativo a las grandes instalaciones de combustión y de incineración o coincineración de residuos, y sus valores límite de emisión de...
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