Medio ambiente. Resolucion de 17-04-2008, direccion general de evaluacion ambiental por la que se otorga autorizacion ambiental integrada para la explotacion porcina mixta, ubicada en el termino municipal de las herencias (toledo), y cuyo titular es la empresa agropecuarias crisger, s.L. D.O.C.M. Nº 102 de 19-05-2008.

DOCM. Diario Oficial de Castilla - La Mancha núm. 102, 19 de Mayo de 2008 › Consejeria de Medio Ambiente y Desarrollo Rural

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Medio ambiente. Resolucion de 17-04-2008, direccion general de evaluacion ambiental por la que se otorga autorizacion ambiental integrada para la explotacion porcina mixta, ubicada en el termino municipal de las herencias (toledo), y cuyo titular es la empresa agropecuarias crisger, s.L. D.O.C.M. Nº 102 de 19-05-2008.

- La extinción de la personalidad jurídica de la empresa.

- Fallecimiento del titular de la explotación.

- La declaración de quiebra de la empresa cuando la misma determine su disolución expresa como consecuencia de la resolución judicial que la declare.

- La suspensión de actividades de la empresa por un periodo superior a un año una vez puesta en marcha.

Modificación de oficio Podrán modificarse, con anterioridad al plazo de validez, las condiciones de la autorización en los siguientes casos:

- Las condiciones para la gestión de los purines serán las establecidas en el proyecto, presentado por el titular, con las modificaciones que autorice la Dirección General de Calidad Ambiental lo que motivará, en su caso, la correspondiente modificación de oficio de la presente autorización ambiental integrada.

- El traslado de la actividad de ubicación o la modificación sustancial de la misma, en cuyo caso, deberá comunicarse a la Dirección General de Evaluación Ambiental, indicando razonadamente, en atención a los criterios señalados en el artículo 10.2 de la Ley 16/2002, si se considera que se trata de una modificación sustancial o no, acompañándose de los documentos justificativos oportunos, siendo de aplicación lo señalado en los artículos 10.4 y 10.5 de la citada Ley.

- La aparición de mejores tecnologías disponibles en el mercado que permitan la introducción de nuevos condicionantes o valores límite, en cuyo caso la Dirección General de Evaluación Ambiental actuará de oficio para la modificación de los condicionantes de la autorización.

- El incumplimiento de los términos expresados en esta autorización tanto en los límites de inmisión como en las declaraciones periódicas y obligaciones de notificación a las diferentes administraciones públicas.

- El surgimiento de nuevas regulaciones y normas ambientales que impliquen la adopción de valores límite o condicionantes más restrictivos que los inicialmente impuestos.

La presente autorización se otorga sin perjuicio del resto de autorizaciones y licencias que le resulten exigibles.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su recepción, conforme a lo est...

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