Resolución 08/04/2014, de las Consejerías de Agricultura y Fomento, por la que se convoca concurso singularizado de méritos (CSM INF 1/2014) para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de la Escala Superior de Sistemas y Tecnología de la Información y de la Escala Técnica de Sistemas e Informática.

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Sanidad y Consumo; Consejería de Agricultura
Rango de LeyResolución

Existiendo puestos de trabajo vacantes en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha dotados presupuestariamente, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, y en el Decreto 74/2002, de 14 de mayo, sobre Provisión de Puestos de Trabajo, y lo establecido en el la Resolución de 20-03-2014 de la Consejería de Agricultura y en la Resolución de 24-03-2014 de la Consejería de Fomento por las que se delega en la persona titular de la Dirección General de la Función Pública y Justicia, la convocatoria, resolución y el resto de competencias atribuidas por el ordenamiento jurídico al órgano convocante respecto a este concurso singularizado, se ha dispuesto convocar concurso singularizado de méritos para la provisión de puestos de trabajo de la Escala Superior de Sistemas y Tecnología de la Información y de la Escala Técnica de Sistemas e Informática que se relacionan en los Anexos I/A y I/B de esta Resolución con arreglo a las siguientes bases:

Base Primera: Puestos ofertados para su provisión.

  1. El presente concurso se convoca para la provisión de los puestos de trabajo de la Escala Superior de Sistemas y Tecnología de la Información y de la Escala Técnica de Sistemas e Informática que se relacionan en los siguientes Anexos:

    - Anexo I/A: puestos vacantes.

    - Anexo I/B: puestos vacantes abiertos a otras Administraciones Públicas.

    Base Segunda: Requisitos generales y condiciones de participación

  2. En la presente convocatoria podrá participar el siguiente personal funcionario de carrera respecto de los puestos de los Anexos que se indican:

    1. El personal funcionario de carrera de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a los puestos de los Anexos I/A y I/B.

    2. El personal funcionario de carrera de otras Administraciones Públicas que venga ocupando con carácter definitivo o provisional, por remoción, cese o supresión del puesto de trabajo, en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha puestos de trabajo obtenidos mediante concurso o libre designación a los puestos de los Anexos I/A y I/B, siempre que estos últimos tengan asignadas funciones análogas a las de su Cuerpo, Escala o Agrupación en su Administración de procedencia. Corresponderá a la Comisión de Valoración del concurso verificar la similitud de funciones.

    3. El personal funcionario de carrera de otras Administraciones Públicas sólo respecto de aquéllos puestos del Anexo I/B con funciones análogas a las asignadas a su Cuerpo, Escala o Agrupación de pertenencia, de conformidad con la descripción de las áreas y subáreas funcionales de los puestos de trabajo que figuran en el Decreto 161/1989, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo reservados al personal funcionario y eventual de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Corresponderá a la Comisión de Valoración del concurso verificar la similitud de funciones.

  3. Podrá participar el personal funcionario comprendido en el punto anterior, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto el suspenso firme mientras dure esta situación, y reúna los requisitos y las condiciones generales exigidos en esta convocatoria.

  4. El personal funcionario de carrera que desempeñe un puesto de trabajo en adscripción provisional en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a la fecha de publicación de esta convocatoria, cuya forma de provisión sea el concurso, está obligado a solicitar los puestos relacionados en los Anexos I/A y I/B de esta Resolución existentes en la misma localidad del puesto al que esté adscrito provisionalmente en dicha fecha, que tengan asignados idénticas condiciones de jornada, nivel y complemento de puesto de trabajo y que pertenezcan a la misma subárea funcional, o área funcional en el supuesto de que esta no se divida en subáreas. Esta obligación subsistirá en los casos de suspensión de la adscripción provisional por adscripción del funcionario en comisión de servicios a otro puesto de trabajo. Quienes incumplan esta obligación y sean desplazados como consecuencia de la resolución del procedimiento de provisión pasarán a la situación de excedencia voluntaria por interés particular.

    Asimismo, el personal funcionario de carrera, que desempeñe en adscripción provisional un puesto de trabajo cuya forma de provisión sea el concurso y perciba el complemento personal al que se refieren los artículos 69.3, 70.7,

    72.2 y 115.5 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, está obligado a solicitar, además, los puestos de trabajo existentes en la misma localidad dotados con un complemento de puesto de trabajo superior al del asignado al puesto al que esté adscrito provisionalmente, con preferencia sobre cualquier puesto que tenga asignado un complemento de puesto inferior al de estos puestos. Quienes incumplan esta obligación y como consecuencia de dicho incumplimiento obtengan en el concurso un puesto con un complemento de puesto inferior al que hubieran debido solicitar, perderán el complemento personal asignado.

  5. El personal funcionario de carrera con destino definitivo sólo podrá participar en el presente concurso si, a la fecha de publicación de esta convocatoria, han transcurrido dos años desde la toma de posesión en su último destino con tal carácter, salvo cuando se concurse para obtener puestos en una localidad distinta en la que esté destinado.

  6. Al personal funcionario que haya accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción interna o por integración y permanezca en el puesto de trabajo que desempeñaba, se le computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto, a efectos de lo dispuesto en el punto 4 de la presente Base.

    Asimismo, al personal funcionario afectado por una medida de movilidad forzosa se le computará el tiempo de servicios prestados en el puesto que desempeñaba con anterioridad a la aplicación de dicha medida a efectos de lo dispuesto en el punto 4 de la presente base.

  7. El personal funcionario en excedencia voluntaria incentivada sólo podrá participar si, a la fecha de publicación de esta convocatoria, han transcurrido cinco años desde que fue declarado en dicha situación.

  8. El personal funcionario en situación de excedencia voluntaria por interés particular sólo podrá participar si, a la fecha de publicación de esta convocatoria, ha transcurrido el plazo establecido para el reingreso en la normativa reguladora de dicha situación en su Administración Pública, salvo que hubiere sido declarada de oficio.

  9. En el caso de la situación de excedencia por cuidado de hijos o de familiares será de aplicación lo previsto en el punto 4 de la presente Base.

  10. El personal funcionario en situación de excedencia voluntaria especial sólo podrá participar si, a la fecha de publicación de esta convocatoria, han transcurrido seis meses desde que fue declarado en tal situación.

  11. Cuando dos personas estén interesadas en los puestos que se anuncien para un mismo municipio y reúnan los requisitos exigidos, podrán condicionar sus peticiones al hecho de que ambas obtengan destino en ese mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada por ambas respecto a los puestos condicionados, manteniéndose, en su caso, la petición para aquellos otros sobre los que no concurra condicionamiento alguno. Quienes se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en el apartado correspondiente con ocasión de la cumplimentación de la solicitud.

  12. La adjudicación de un puesto de trabajo a quien se encuentre en una situación administrativa distinta a la de activo que no conlleve reserva de puesto de trabajo, y a quien, estando en situación de activo, se le adjudique un puesto de trabajo adscrito a un Cuerpo en el que se encuentre en situación de excedencia voluntaria, supondrá su reingreso al servicio activo.

    Base Tercera: Cumplimentación y presentación de solicitudes

  13. Las solicitudes, Anexo II/A, para participar en este concurso se presentarán dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, por alguna de las siguientes formas:

    1. Cumplimentación electrónica con registro electrónico: se efectuará por el personal funcionario de carrera de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y por el personal funcionario de carrera de otras Administraciones Públicas siempre que este último esté desempeñando puestos de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

      El personal indicado en el apartado anterior cumplimentará y registrará su solicitud de forma electrónica a través del Portal del Empleado Público, en la dirección https://portalempleado.jccm.es utilizando como forma de acreditación el NIF, la clave de acceso para el Portal del Empleado Público y la dirección de correo electrónico corporativa de la JCCM. Una vez cumplimentada y registrada electrónicamente la solicitud de participación se recibirá en la dirección de correo electrónico corporativa de la JCCM la confirmación de la presentación y registro electrónico de la solicitud.

    2. Cumplimentación electrónica con presentación en papel o con firma electrónica a través del Registro Virtual: se efectuará únicamente por el personal funcionario de carrera de otras Administraciones Públicas que no se encuentre incluido en el supuesto previsto en el apartado a) anterior. Este personal cumplimentará su solicitud de forma electrónica...

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