Orden de 18/05/2010, , por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a programas de cooperación para el desarrollo, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2010.
Orden de 18/05/2010, , por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a programas de cooperación para el desarrollo, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2010.
III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Salud y Bienestar SocialOrden de 18/05/2010, de la Consejería de Salud y Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a programas de cooperación para el desarrollo, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2010. [2010/8615]La política de cooperación internacional para el desarrollo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha constituye la consolidación normativa y de facto de la diversidad de expresiones de solidaridad y de reivindicación de mayor justicia social para todos los pueblos del mundo que, desde décadas, manifiesta la ciudadanía de nuestra región.El Gobierno de Castilla-La Mancha ratifica su compromiso con la lucha contra la pobreza y la apuesta por la cooperación internacional para el desarrollo asumiendo ésta como una política pública que responde a una razón de justicia social y corresponsabilidad. Y lo hace con la aprobación del Plan Estratégico de Cooperación para el Desarrollo, Horizonte 2011, el documento que recoge las líneas maestras en las que deben enmarcarse las acciones de cooperación para el desarrollo de la cooperación castellano-manchega.Dicho Plan, surgido del diálogo y del consenso entre los distintos actores de la cooperación establece nuevos instrumentos de cooperación que tienden a mejorar o ampliar el impacto de las acciones en los países empobrecidos.Los Programas de Desarrollo son uno de estos instrumentos. Tratan de impulsar actuaciones integrales a medio plazo, pues la ejecución de un programa podrá extenderse en el tiempo entre 24 y 36 meses, y tener incidencia en varios sectores de actuación, en consonancia con la definición de este instrumento realizado por el Comité de Ayuda al Desarrollo. La convocatoria de programas surge de la necesidad de mejorar la planificación a medio plazo para lograr cambios estructurales. Con ella se va a contribuir de una parte a hacer que la ayuda sea más previsible para sus destinatarios y de otra, al fomento de la solidaridad en la región, potenciando el trabajo de las organizaciones castellano-manchegas, tanto a nivel de cooperación internacional como de sensibilización y educación para el desarrollo en la región.La Ley 3/2003, de 13 de febrero, de cooperación internacional para el desarrollo, fundamenta el programa de subvenciones para organizaciones no gubernamentales de desarrollo con el cual, se pretende apoyar la realización de programas que contribuyan a satisfacer necesidades básicas de los ciudadanos y ciudadanas de países en desarrollo mediante actuaciones integrales y de desarrollo económico; contribuir a la disminución de las injusticias sociales y al respeto y protección de los derechos humanos así como a los derechos de la infancia; y potenciar el desarrollo endógeno de estos países orientado a la erradicación de la pobreza y fundamentalmente a la eliminación de sus causas, impulsando la participación de la población beneficiaria, un adecuado enfoque de género, la protección del medio ambiente, el adecuado enfoque de derechos y la sostenibilidad de las acciones.Por lo expuesto, en virtud de la competencia atribuida en el artículo 23.2 c) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y en el artículo 73 del Texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, previo informe del Servicio de Asesoramiento y de la Comisión de Tutela de la Consejería de Salud y Bienestar Social, procede aprobar la correspondiente orden, de acuerdo a las siguientes bases:Primera.- Objeto.La presente orden tiene por objeto establecer, en régimen de concurrencia competitiva y con vigencia indefinida, las bases reguladoras de las subvenciones para programas de cooperación internacional para el desarrollo, llevados a cabo por entidades privadas sin fin de lucro (en adelante entidades), así como realizar para el ejercicio 2010 la convocatoria de estas subvenciones.A los efectos previstos en la presente orden, constituye el objeto de las subvenciones la financiación de programas de cooperación internacional para el desarrollo en aquellos países que, a efectos de estas bases, se han determinado en el Plan Estratégico de Cooperación para el Desarrollo, Horizonte 2011.Se entiende el programa de desarrollo como un conjunto de intervenciones estructuradas para alcanzar objetivos específicos de desarrollo a nivel global, regional, de país o sectorial. Un programa de desarrollo es una intervención de duración limitada que comprende múltiples actividades que pueden abarcar varios sectores, temas y/o zonas geográficas. En consecuencia, los programas son un instrumento que tratan de impulsar actuaciones integrales a medio plazo, con incidencia en varios sectores de actuación, de financiación anual y pudiendo extenderse la duración de su ejecución a un periodo de duración de entre 24 y 36 meses.Segunda.- Normativa aplica...
RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2004, del Instituto Nacional de Administración Pública,por la que se convoca el Seminario 'Ley General de Subvenciones' a desarrollar por el Centro de Estudios Administrativos.