Orden de 11/09/2014, , por la que se regula y convoca el Plan de la Actividad Física y el Deporte en Edad Escolar de Castilla-La Mancha para el curso escolar 2014-2015.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyOrden
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Orden de 11/09/2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula y convoca el Plan de la Actividad Física y el Deporte en Edad Escolar de Castilla-La Mancha para el curso escolar 2014-2015. [2014/11797]

Según el Proyecto Marco Nacional de la Actividad Física y el Deporte en Edad Escolar, publicado por el Ministerio de Educación y el Consejo Superior de Deportes (2010), se considera actividad física y deporte en edad escolar aquella práctica deportiva realizada por niños y niñas y por los jóvenes que están en edad escolar, formándose en las diferentes etapas del actual sistema educativo: infantil, primaria, secundaria obligatoria y post-obligatoria, tanto dentro como fuera de los centros escolares y una vez finalizado el horario lectivo.

La actividad física y deportiva en edad escolar debe poseer un irrenunciable carácter educativo y ser accesible a toda la población por igual.

Se debe apostar de esta forma por un sistema integrador en el cual tienen cabida las diferentes modalidades que coexisten en estos momentos, es decir, la actividad física y el deporte escolar que tiene lugar en los centros docentes, el deporte ofrecido desde clubes y entidades deportivas y otras actividades físico-deportivas que forman parte de los programas de diferentes entidades y asociaciones del tejido social.

El artículo 43.3 de la Constitución Española establece, como un principio de la política social, el fomento de la Educación Física y el Deporte y el acceso a una adecuada utilización del ocio. Por su parte, el artículo 148.1.19ª atribuye a las Comunidades Autónomas la posibilidad de asumir competencias exclusivas en la promoción del deporte y la adecuada utilización del ocio. En ejercicio de dicho precepto constitucional, el artículo 31.1.19ª del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, atribuye a esta Comunidad Autónoma competencia exclusiva sobre la citada materia.

La Ley 1/1995 de 2 de marzo, del Deporte en Castilla-La Mancha establece en su artículo 2, como principios rectores para los poderes públicos de la Comunidad Autónoma, la promoción y el fomento de la práctica del deporte como tal actividad voluntaria y libre en las condiciones idóneas y en todos los ámbitos, especialmente durante la edad escolar, como instrumento imprescindible para impartir con plenitud la Educación Física en los centros educativos.

La Ley 11/2003, de 25 de septiembre del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha en su artículo 23 establece que cada uno de los Consejeros es el órgano responsable de la definición y ejecución de la acción de gobierno en un área determinada conforme al programa general de Gobierno y, en tal condición, órgano superior de la correspondiente Consejería.

Por su parte, el artículo 10 del Decreto 124/2011 de 07 de julio, por el que se establece la estructura orgánica, organización de funciones y competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, atribuye a esta Consejería y, en concreto a la Dirección General de Deportes, el desarrollo de la actividad deportiva en edad escolar y actividades extracurriculares vinculadas al juego y al deporte, singularmente la organización de las campañas de educación integral y en valores en el ámbito del deporte, así como las propias derivadas de la competición del deporte en edad escolar.

Considerando la trascendencia actual que ha tomado la actividad física y el deporte como elemento fundamental de un estilo de vida activo y saludable, además de su importancia en la adquisición de las competencias básicas del alumnado castellano-manchego, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y las Diputaciones Provinciales han elaborado el Plan de la Actividad Física y el Deporte en Edad Escolar con el objetivo de aumentar los niveles de práctica regular de actividad física y deportiva, reducir los niveles de obesidad infantil y mejorar el impacto educativo de dicha práctica, colaborando de esta forma en la reducción de los índices de fracaso escolar de la región. Ello se compatibiliza perfectamente con el deseo de optimizar las capacidades motrices como forma de mejora personal y con la obtención de unos determinados resultados en la competición deportiva.

Esta actuación se enmarca dentro del Plan "Castilla-La Mancha +Activa" aprobado en Consejo de Gobierno el 13/12/2012, cuyo objetivo es el fomento de estilos de vida activos y saludables para todas las edades por medio de una intervención

gubernamental con una perspectiva transversal e interinstitucional, más que por la implementación de programas y acciones aisladas.

Por ello, la consecución de los objetivos mencionados anteriormente pasa por la implicación de otras áreas de la Administración Regional, los centros educativos, las entidades que integran la Administración Local, las federaciones deportivas, los centros de atención primaria, las familias, los educadores y los técnicos deportivos, que deben ser conscientes de la necesidad de educar y preservar la salud a través de la práctica de la actividad física y el deporte junto con la adquisición de otros hábitos saludables.

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes convoca el Plan de la Actividad Física y el Deporte en Edad Escolar para el Curso Escolar 2014-2015, y en cuya organización participan las Diputaciones Provinciales, los Ayuntamientos y las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha.

En virtud del artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de CastillaLa Mancha, dispongo:

Artículo 1 Objeto.
  1. Por la presente Orden se regula el Plan de la Actividad Física y el Deporte en Edad Escolar y se convoca para el curso escolar 2014-2015, de acuerdo con lo establecido en la misma, así como en las correspondientes normas generales y reglamentos técnicos.

  2. La organización y coordinación del Plan de Actividad Física y Deporte en Edad Escolar corresponde a la Dirección General de Deportes, pudiendo colaborar en su desarrollo las Diputaciones Provinciales, los Ayuntamientos, las federaciones deportivas, los centros educativos, los clubes deportivos, las empresas del sector y otros órganos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha competentes en materias relacionadas con la actividad física y el deporte.

Artículo 2 Itinerarios de participación.
  1. Con el fin de adaptar la oferta a los intereses y necesidades actuales de los escolares de Castilla-La Mancha, el Plan de la Actividad Física y el Deporte en Edad Escolar establece dos itinerarios de participación diferenciados por su naturaleza y objetivos: Itinerario de Rendimiento Deportivo (IRD) e Itinerario de Actividad Física y Salud (IAFS).

  2. Por itinerario de rendimiento deportivo se entienden las medidas, actuaciones y programas que promueven el acceso a una práctica deportiva orientada hacia el rendimiento y la superación de objetivos deportivos. Este itinerario tiene como finalidad la búsqueda de la excelencia deportiva a través del perfeccionamiento de la técnica, la táctica y las cualidades físicas de los escolares.

    La oferta de actividades del itinerario de rendimiento deportivo constará de los siguientes programas:

    1. Campeonato Regional del Deporte en Edad Escolar.

    2. Concentraciones de Tecnificación y Perfeccionamiento Técnico.

    3. Campeonatos de España por Selecciones Autonómicas.

  3. Por itinerario de actividad física y salud se entienden todas aquellas actividades que promueven el acceso a una práctica deportiva de carácter eminentemente lúdico-recreativo, con el objetivo primordial de fomentar estilos de vida activos y saludables. Este itinerario tiene como finalidad facilitar al colectivo en edad escolar el acceso hacia una práctica físico-deportiva que quede fuera de los esquemas de rendimiento deportivo.

    La oferta de actividades del itinerario de actividad física y salud constará de los siguientes programas:

    1. Iniciación a la actividad física.

    2. Concentraciones recreativas.

    3. Encuentros intercentros.

    4. Vacaciones +Activa.

Artículo 3 Ponencia Técnica Regional.
  1. Para la mejor coordinación y desarrollo del Plan se constituirá la Ponencia Técnica Regional. A este órgano le corresponde aprobar, informar y velar por el desarrollo y cumplimiento de los objetivos, las normas generales y regla-

    mentos técnicos que regularán la convocatoria y se publicarán en el portal de deporte en edad escolar de Castilla-La Mancha http://deportesclm.educa.jccm.es/

  2. La Ponencia Técnica Regional estará constituida por los siguientes componentes:

    - El Presidente, que será la persona titular de la Dirección General de Deportes o persona en quien delegue.

    - El Jefe de Servicio de Coordinación de Programas Deportivos de la Dirección General de Deportes.

    - Las personas que se encuentren al frente de los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, o personas en quienes deleguen.

    - Los Diputados competentes en materia de Deportes de las Diputaciones Provinciales participantes en el programa, o personas en quienes deleguen.

    - Los presidentes de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha o personas en quienes deleguen, y las personas titulares de las Delegaciones en Castilla-La Mancha de las federaciones deportivas españolas, de las modalidades que integran los itinerarios de práctica físico-deportiva, o personas en quienes deleguen.

    - El Jefe de Servicio de Promoción Deportiva de la Dirección General de...

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