Resolución de 01/07/2011, , por la que se notifica resolución y forma de pago del expediente nº 22/11-C, a la razón social Emeters Tarialba, S.L.U., con domicilio en Avda. de la Mancha, nº 10 2º Derecha. Albacete.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Salud y Bienestar Social
Rango de LeyResolución
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Salud y Bienestar Social

Resolución de 01/07/2011, de la Delegación Provincial de Salud y Bienestar Social de Albacete, por la que se notifica resolución y forma de pago del expediente nº 22/11-C, a la razón social Emeters Tarialba, S.L.U., con domicilio en Avda. de la Mancha, nº 10 2º Derecha. Albacete. [2011/10549]

Por haberse ausentado de su domicilio sin dejar señas a la razón social Emeters Tarialba, S.L.U., y no haciéndose cargo persona alguna de la notificación de la Información de Pago, por la presente se le comunica que el expediente número 22/11-C, se ha dictado lo siguiente:

Expediente número: 22/11-C

Instruído: A Emeters Tarialba, S.L.U.

Domicilio: Avda. de la Mancha, nº 10 2º. Albacete CIF nº: B-02442747

En cumplimiento del artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remito transcripción de la Resolución de fecha, 14 de Junio de 2011, dictada en el expediente al margen referenciado, seguido contra Vd., por la que se impone una sanción pecuniaria de Tres mil y un euros, (3.001 €), de multa, dictada por la Sra. Delegada Provincial de Salud y Bienestar Social de Albacete.

Dicha Resolución no agota la vía administrativa, pudiendo interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Salud y Bienestar Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 1 mês a contar desde el día siguiente al de notificación de la presente resolución.

Asimismo se informa de la Forma de pago de la sanción pecuniaria impuesta. La delegada provincial, Fdo. Angelina Martínez Martínez.

I Antecedentes de hecho

En el procedimiento sancionador arriba mencionado, han tenido lugar, los siguientes antecedentes de hecho:

Primero: Por medio de formulario de demanda de consumo nº 840/10, formulada por Dª Isabel Melero Canales.

Segundo: Las anteriores actuaciones determinan el acuerdo de la Sra. Delegada Provincial de Sanidad de la iniciación del procedimiento sancionador nº 22/11-C.

Tercero: Notificado dicho acuerdo de iniciación a la mercantil interesada con fecha 31 de enero de 2011, no han procedido a realizar alegaciones al mismo dentro del plazo concedido al efecto.

Cuarto: Posteriormente, una vez instruido el expediente se realizó propuesta de resolución del procedimiento sancionador por el Instructor del procedimiento, la cual fue notificada a la razón social por medio de resolución publicada en el DOCM con fecha 6 de mayo de 2011 y por medio de diligencia de exposición en el tablón del Ayuntamiento de Albacete durante el tiempo fijado para su exposición, no han procedido a realizar alegaciones al mismo dentro del plazo concedido al efecto.

II Hechos acreditados

Considerándose probado y así se declara que esta Delegación Provincial, por medio de formulario de demanda de consumo nº 840/10, formulada por...

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