Resolución de 06/05/2013, , por la que modifica la Resolución de 09/04/08 por la que se otorgaba autorización ambiental integrada para una explotación porcina en ciclo cerrado, ubicada en el término municipal de Reillo (Cuenca) y cuyo titular es la empresa Cárnicas Villa Cuenca, S.L.
Sección | III. Otras Disposiciones y actos |
Emisor | Consejería de Sanidad y Consumo; Consejería de Agricultura |
Rango de Ley | Resolución |
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OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Agricultura
Resolución de 06/05/2013, de la Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental, por la que modifica la Resolución de 09/04/08 por la que se otorgaba autorización ambiental integrada para una explotación porcina en ciclo cerrado, ubicada en el término municipal de Reillo (Cuenca) y cuyo titular es la empresa Cárnicas Villa Cuenca, S.L. [2013/7695]
Nº expediente: AAI-CU-039
Antecedentes de hecho
Mediante Resolución de 09-04-2008 se otorgó Autorización Ambiental Integrada para una explotación porcina, ubicada en el término municipal de Reillo (Cuenca) y cuyo titular es la empresa Cárnicas Villa Cuenca, S.L.
Dicha autorización quedó condicionada a la obtención del informe sobre la gestión de los estiércoles generados en la explotación.
Con fecha 4 de abril de 2012 se recibió el informe del Área de la ordenación de la Producción, lo que motiva la modificación de la citada Resolución de 09-04-2008, de acuerdo con lo previsto en la misma.
En consecuencia, al objeto de introducir los condicionantes de dicho informe, esta Dirección General
Resuelve:
Modificar la resolución otorgada a la empresa en los siguientes términos:
En el punto Segundo. Condiciones de diseño:
Donde dice
Las principales características de diseño de las instalaciones especificadas en la solicitud son las siguientes:
(...)
Balsa para almacenamiento del purín de 9.000 m3 de capacidad
(...)
Debe decir
Las principales características de diseño de las instalaciones especificadas en la solicitud son las siguientes:
(...)
Balsa para almacenamiento del purín de 9462.80m3 de capacidad
(...)
En el punto 3.10. Prescripciones para la protección de suelos y aguas subterráneas, se incluye el siguiente apartado
Almacenamiento de estiércoles en las balsas de almacenamiento
La explotación consta de una nave para las madres reproductoras y 3 para el cebo de los cerdos. Las fosas de las naves serán de 2,5 m de anchura y una profundidad media de 0,7m con desagüe individual por sala a través de tubería de
PVC, que conducirá directamente a la balsa de purín general. Este purín se aplicará en las tierras de su propiedad (a través de la sociedad Agropecuarias del Guadazaón, S.L.)
Las condiciones por las que se establecen la gestión de los estiércoles son las siguientes, según lo establecido en el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas:
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Disponer de balsas de...
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