Orden 71/2018, de 15 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la creación de empresas agrarias para jóvenes y a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas en el marco de las submedidas 6.1 y 4.1 del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2020.

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorConsejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

Entre las características socioeconómicas del territorio rural de Castilla-La Mancha destacan por su relevancia el envejecimiento de la población activa agraria y la emigración de la población joven de las zonas rurales, lo que determina la necesidad de promover medidas que incentiven la incorporación de personas jóvenes empresarias cualificadas a la actividad económica mediante la creación de empresas agrarias que aseguren el relevo generacional en el sector agrario. Es preciso facilitar las inversiones de las nuevas explotaciones agrarias en las que se ha instalado una persona joven para garantizar su estabilidad y fomentar su continuidad en el sector agrario apoyando su iniciativa y la innovación que supone la incorporación de nuevas técnicas de producción.

Por otro lado, para la revitalización económica de las zonas rurales es imprescindible favorecer la modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias puesto que tiene un efecto directo en la viabilidad y competitividad de las mismas mejorando la renta agraria y las condiciones de vida de la población del medio rural. La modernización de las explotaciones agrarias conlleva la adaptación de sus producciones al mercado, la mejora de la calidad de sus productos, el favorecer la innovación en las explotaciones, así como la utilización de nuevas tecnologías que impliquen una reducción en los costes de producción e impliquen mayor eficiencia en el uso del agua y la energía. Se trata, por tanto, de mejorar la competitividad de las explotaciones agrarias castellano-manchegas, especialmente de aquellas con problemas estructurales graves, para asegurar su mantenimiento y contribución al tejido socioeconómico de las zonas rurales.

En definitiva, la mejora de la estructura y la modernización de los sistemas de producción de las explotaciones agrarias son objetivos preferentes de la política agraria en Castilla-La Mancha, en cuanto contribuyen a la eficacia productiva, a garantizar y diversificar las producciones, al incremento de la competitividad, la viabilidad y de la renta agraria, así como a coadyuvar al reforzamiento de los sectores agroalimentario y de servicios, a la mejora de la calidad de vida y a la fijación de la población en el medio rural. A la consecución de estos objetivos, plasmados en la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, en la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural y en la Ley 4/2004, de 18 de mayo, de la Explotación Agraria y del Desarrollo Rural en Castilla-La Mancha, contribuye el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo 2014-2020 aprobado por Decisión de ejecución de la Comisión Europea de 30 de octubre de 2015, modificada por la Decisión de 12 de abril de 2017 y posteriormente por la Decisión de 14 de diciembre de 2017.

El Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo, tiene como fin establecer las normas generales que rigen las ayudas de la Unión al desarrollo rural financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y las correspondientes prioridades de la Unión en materia de desarrollo rural. Traza el contexto estratégico de la política de desarrollo rural y define las medidas que deben ser adoptadas para ejecutar la política de desarrollo rural. El Reglamento dedica parte del artículo 17 a las medidas destinadas a las inversiones que mejoren el rendimiento global y la sostenibilidad de la explotación agrícola, mientras que el artículo 19 regula la creación de empresas destinadas a la incorporación de jóvenes a la agricultura.

Para la implementación de estas ayudas se han incorporado en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo 2014-2020, la Medida 4 Activos físicos, que se desagrega en la submedida 4.1 dedicada a Inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas y la Medida 6 Desarrollo de explotaciones agrarias, desagregándose en la submedida 6.1 dirigida a la ayuda a la creación de empresas agrarias para jóvenes.

Para favorecer la creación de empresas agrarias por personas jóvenes en explotaciones viables encaminadas a la adaptación estructural del sector, como titulares individuales o asociados, queda dicha incorporación estrechamente vinculada a la medida destinada a inversiones en explotaciones agrarias, así como al desarrollo de competencias a tra-

vés del asesoramiento continuo y la formación que se enmarcan entre las prioridades del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 de Castilla-La Mancha.

A los efectos de la submedida 6.1 se entenderá por creación de empresa agraria el conjunto de actividades necesarias para alcanzar la titularidad de una explotación agraria y su control efectivo, bien sea de forma individual o en asociación con otras personas. Mediante un Plan Empresarial, la persona joven manifestará su interés en incorporarse a la actividad agraria, proceso que finalizará con la inscripción en el registro de explotaciones prioritarias una vez ejecutado el Plan Empresarial para el que deberá proponer un tutor con la cualificación y experiencia suficiente.

Por su parte la submedida 4.1 de inversiones en explotaciones agrarias pretende que el sector agrario regional sea más competitivo, innovador y sostenible en el medio en el que se ubican mediante la renovación de la maquinaria y las inversiones en infraestructuras productivas.

Actualmente se está presentando, la que será la tercera modificación del Programa de Desarrollo Rural de CastillaLa Mancha 2014-2020 que incorpora las modificaciones del Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1 del Reglamento (UE) 2017/2393 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2017 y que afectan fundamentalmente a la submedida 6.1 en la determinación de los hitos del proceso de creación de la empresa agraria. Asimismo, se introducen los baremos estándar de costes unitarios o simplificados como modalidad de subvención, y justificación de las ayudas a inversiones, con el objetivo de simplificar la gestión con las máximas garantías para los fondos públicos que las financian. Asimismo, la ayuda adicional de 2.000 euros otorgada a las personas jóvenes que crean una empresa agraria por su pertenencia a una entidad asociativa prioritaria, se otorgará también por su pertenencia a una Agrupación de productores de productos agroalimentarias. Por todo ello, esta Orden de Bases Reguladoras está sujeta a una disposición suspensiva que supedita la concesión de las ayudas en ella recogidas a la aprobación de dicha modificación.

Asimismo, respecto a la regulación precedente, las presentas bases reguladoras incorporan otras modificaciones resultantes de la propia gestión de las submedidas. En relación con estas modificaciones, debe reseñarse que, en las ayudas del Capítulo III de la presente orden, se ha eliminado como causa de exclusión de la condición de beneficiario la percepción de una pensión de incapacidad para cualquier actividad, toda vez, que se ha puesto de manifiesto la posibilidad de compatibilizar la citada prestación con la realización de la actividad agraria. En consecuencia, los solicitantes de convocatorias de ayudas al amparo de la regulación precedente que estimen que se les ha irrogado un posible perjuicio por la regulación expuesta, que ahora es objeto de modificación, podrán hacer valer sus derechos de solicitar ayuda en este período de programación en la próxima convocatoria que se realice al amparo de estas nuevas bases.

En relación con los criterios de priorización, la presente Orden representa una firme apuesta a la creación de empresas por las personas jóvenes, a fin de que se instalen en empresas viables, modernas y atractivas, complementando el proceso de instalación con garantías de permanencia, a cuyo fin se otorga una situación de especial preferencia a las personas jóvenes que simultáneamente a la presentación de una solicitud de ayuda a la submedida 6.1 presenten una ayuda al amparo de la submedida 4.1.

Por otro lado, se otorgará prioridad a las explotaciones ubicadas en zonas de Inversión Territorial Integrada, de conformidad con el Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020 que determina las zonas que por sus especiales necesidades de desarrollo deben ser especialmente apoyadas por las medidas de inversiones en la región.

La aplicación del Programa de Desarrollo Rural conlleva un proceso de adaptación no sólo a nivel normativo, sino en las herramientas informáticas. La experiencia de gestión de la solicitud única nos ofrece la evidencia de que la colaboración de las entidades privadas en la tramitación de ayudas de la Política Agrícola Común redunda en una mayor eficacia y eficiencia en su gestión. Por ello se contempla, la posibilidad de gestión de estas ayudas mediante entidades colaboradoras para la confección, presentación y tramitación de las solicitudes presentadas al amparo de esta orden de bases reguladoras de acuerdo a cada convocatoria de ayudas publicada, poniéndose de este modo a disposición de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR