Resolución de 27/09/2013, , por la que se da publicidad a la Resolución de fecha 12/09/2013 del procedimiento sancionador 45068/2013-S, incoado a Lidl Supermercado, titular del establecimiento público Lidl Supermercado S.A., con último domicilio conocido en la localidad de Las Rozas (Madrid).
Sección | III. Otras Disposiciones y actos |
Emisor | Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales |
Rango de Ley | Resolución |
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OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales
Resolución de 27/09/2013, de los Servicios Periféricos de Sanidad y Asuntos Sociales de Toledo, por la que se da publicidad a la Resolución de fecha 12/09/2013 del procedimiento sancionador 45068/2013-S, incoado a Lidl Supermercado, titular del establecimiento público Lidl Supermercado S.A., con último domicilio conocido en la localidad de Las Rozas (Madrid). [2013/11829]
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se da publicidad al extracto de la Resolución del procedimiento sancionador 45068/2013-S, incoado a Lidl Supermercado, titular del establecimiento público Lidl Supermercado S.A., dictado por la Coordinadora Provincial de los Servicios Periféricos de Toledo, Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
El correspondiente expediente obra en la Sección de Régimen Jurídico sito en los Servicios Periféricos de Toledo, Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, C/ Río Guadalmena, nº 2, ante la cual les asiste el derecho a interponer Recurso de Alzada dentro del plazo de un mes, contado desde el siguiente al de la publicación del presente en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento correspondiente.
Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del mencionado derecho, la Resolución será firme y ejecutiva y la sanción deberá ser abonada en el lugar y tiempo que en la hoja adjunta se indica.
Instrucciones para realizar el pago de la sanción
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) El pago de la sanción deberá ser abonado mediante "Modelo 050", que se adjunta al presente, en los siguientes plazos establecidos por la Ley General Tributaria (Ley 58/2003 de 17 de diciembre) y por el Reglamento General de Recaudación (R. D. 939/2005 de 29 de julio, BOE 02-09-2005):
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Sanciones notificadas entre los días 1...
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