Resolución de 04/02/2013, , por la que se convocan pruebas de competencia profesional para el ejercicio del transporte interior e internacional de mercancías y viajeros.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Fomento
Rango de LeyResolución
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Fomento

Resolución de 04/02/2013, de la Viceconsejería, por la que se convocan pruebas de competencia profesional para el ejercicio del transporte interior e internacional de mercancías y viajeros. [2013/1357]

Vistas la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable y la Orden Ministerial de 28 de mayo de 1999 por la que se desarrolla el capítulo I del Título II del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de expedición de certificados de formación profesional.

Por otra parte, conforme a lo establecido en el Decreto 94/2010, de 1 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de los distintos Órganos de la Consejería de Fomento.

Esta Viceconsejería ha resuelto convocar pruebas de Competencia Profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de mercancías y transporte interior e internacional de viajeros, con arreglo a las siguientes:

Bases

  1. - Convocatoria.

    Se convocan pruebas a celebrar en el año 2013, de Competencia Profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional de mercancías y transporte interior e internacional de viajeros.

  2. - Requisitos de los aspirantes.

    2.1 Para poder tomar parte en las pruebas de Competencia Profesional será necesario que los aspirantes se encuentren domiciliados en Castilla-La Mancha con una antelación, al menos, de ciento ochenta y cinco (185) días naturales dentro del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a los ejercicios.

    2.2 A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior se presumirá que la residencia habitual del aspirante se encuentra en el lugar en que figure su domicilio en su documento nacional de identidad en vigor. Sólo se admitirá que el domicilio sea distinto al que aparece en dicho documento cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

    1. Que el aspirante acredite, mediante el certificado de empadronamiento emitido dentro del plazo de presentación de solicitudes, que ha tenido su domicilio en Castilla-La Mancha al menos ciento ochenta y cinco (185) días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a los ejercicios (el certificado reflejará claramente la fecha de alta en el padrón municipal).

    2. Que el aspirante acredite que, aun habiendo tenido su domicilio en Castilla-La Mancha menos de ciento ochenta y cinco días del último año, se ha visto obligado a cambiar de residencia por razones familiares o profesionales. Esta última circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una Universidad, Escuela o Centros Docentes, no implica el traslado de la residencia habitual.

    Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados el aspirante quedará excluido de las pruebas.

  3. - Contenido de las pruebas.

    Los aspirantes a la obtención del certificado de Competencia Profesional deberán superar un ejercicio que versará sobre el contenido de las materias incluidas en los grupos I y II del Anexo I de esta resolución, de acuerdo con el programa oficial publicado como Anexo B a la Orden de 28 de mayo de 1999 por la que se desarrolla el capítulo I del título II del

    Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de expedición de certificados de competencia profesional, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 139 de 11 de junio de 1999, según se trate, respectivamente, de la modalidad correspondiente al Transporte de Mercancías o al de Viajeros, de acuerdo con la estructura y forma de calificación de las Bases 4 y 5 de esta resolución.

  4. - Estructura de los ejercicios.

    4.1 El ejercicio a que hace referencia la base anterior constará de dos partes:

    La primera parte consistirá en contestar a 100 preguntas tipo "test", cada una de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas, sobre el contenido de las materias del programa que corresponda. No obstante se incluirán 5 preguntas más de reserva para el supuesto de que en las 100 iniciales se hubiera detectado alguna con error o diera lugar a confusión.

    La segunda parte consistirá en resolver seis supuestos que requieran la aplicación de las materias del programa a casos concretos; este ejercicio podrá responderse mediante una explicación escrita o mediante la selección de la respuesta correcta entre varias indicadas por el tribunal.

    4.2 El tiempo disponible para la realización de los dos ejercicios será de cuatro horas.

  5. - Calificación de los ejercicios.

    5.1 Los ejercicios previstos se calificarán de 0 a 10 puntos, de acuerdo con las siguientes reglas de valoración:

    En la primera parte de cada ejercicio, las preguntas tipo "test" correcta o erróneamente contestadas se valorarán con 0,04 y -0,02 puntos cada una, respectivamente. Las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán positiva ni negativamente.

    En la segunda parte de cada ejercicio, la contestación a cada supuesto práctico se valorará entre 0 y 1 punto.

    5.2 Para aprobar el ejercicio será necesario obtener una puntuación no inferior a 2 en la primera parte ni a 3 en la segunda, y que la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas partes sea igual o superior a 6.

  6. - Expedición de certificados.

    Concluida la calificación de las pruebas, el Tribunal calificador elevará la relación de aprobados al órgano convocante para que éste proceda a la expedición de los correspondientes certificados de Competencia Profesional.

  7. - Solicitudes.

    7.1 Cumplimentación de solicitudes.

    Las solicitudes pueden cumplimentarse a través de cualquiera de las tres siguientes formas:

    1. A través de Internet, cumplimentando la solicitud de admisión que podrá encontrar siguiendo los siguientes pasos:

      Dentro de la página de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.castillalamancha.es), deberá entrar en la Consejería de Fomento que se encuentra en el apartado de Gobierno. Después deberá optar por el apartado "Pruebas capacitación profesional en transporte y seguridad" situado en la parte izquierda de la pantalla. Finalmente se deberá acceder al apartado "Capacitación Profesional para Transporte Público por Carretera".

      Una vez cumplimentada la solicitud se deben imprimir las dos copias para su posterior presentación.

    2. Mediante la descarga de la solicitud en modelo normalizado, dentro de la página de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.castillalamancha.es), deberá entrar en la Consejería de Fomento que se encuentra en el apartado de Gobierno. Después deberá optar por el apartado "Pruebas capacitación profesional en transporte y seguridad" situado en la parte izquierda de la pantalla. Finalmente se deberá acceder al apartado "Capacitación Profesional para Transporte Público por Carretera".

    3. Mediante impreso de solicitud normalizado, que les será facilitado gratuitamente en los Servicios Centrales de la Consejería de Fomento, en los Servicios Periféricos de la Consejería o en la Delegación de la Junta de Talavera de la Reina.

      7.2 Pago de la tasa.

      Para el pago de la tasa deberá cumplimentar el modelo 046 desde el Portal Tributario de Castilla-La Mancha http:// tributos.jccm.es, seleccionando el apartado "Cumplimentación y pago de tasas, precios públicos y otros ingresos.".

      Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones al cumplimentar los datos que deben aportarse en el modelo 046:

    4. Seleccione la Consejería u Organismo Autónomo: "Consejería de Fomento"

    5. Órgano Gestor: "Servicios Centrales de Fomento"

    6. 56 Denominación del Concepto: "Tasa en materia de Ordenación de los Transportes Terrestres por carretera y sus actividades auxiliares y complementarias".

    7. 57 Descripción: El solicitante indicará "Tarifa 9. Por derechos de participación en las pruebas de competencia profesional".

    8. 80 Total a ingresar: cuantía de la tasa para la realización de la prueba.

      Completado el modelo de autoliquidación de tasas 046 siguiendo las correspondientes indicaciones, tras confirmar que sus datos son correctos, deberá pulsar el botón "Validar", situado en la parte superior del impreso.

      Una vez validado el impreso, el programa asignará un número de justificante de liquidación y se generarán 3 ejemplares del modelo con el que se podrá realizar el pago.

      El pago de las tasas, que en cualquier caso deberá efectuarse dentro del plazo de presentación de solicitudes, podrá realizarse mediante ingreso a través de una entidad financiera colaboradora (puede consultar las entidades colaboradores en el portal tributario http://tributos.jccm.es).

      Cuando se realice mediante ingreso, en el modelo 046 de autoliquidación deberá figurar la acreditación del pago de estas tasas mediante la validación por la entidad financiera en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica; la falta de este requisito determinará la exclusión del aspirante. Una vez efectuado y validado el pago, se retirarán de la entidad financiera los dos primeros ejemplares de que consta el modelo 046, quedando el tercero y último en poder de la misma. En ningún caso el pago en la Entidad Financiera supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, del impreso de solicitud.

      7.3 Presentación de solicitudes.

      7.3.1 Las solicitudes, acompañadas del justificante de pago (modelo 046), deberán dirigirse a la Viceconsejería de Fomento (Pº Cristo de la Vega, s/n 45071- Toledo), pudiendo ser presentadas en el Registro...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR