Resolución de 28/09/2010, , por la que se notifica resolución y forma de pago del expediente nº 150/10-C, a la razón social Inocente Valero e Hijos, S.L., con domicilio en la C/ Arena nº 5 – Villarrobledo, (Ab).

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Salud y Bienestar Social
Rango de LeyResolución
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Salud y Bienestar Social

Resolución de 28/09/2010, de la Delegación Provincial de Salud y Bienestar Social de Albacete, por la que se notifica resolución y forma de pago del expediente nº 150/10-C, a la razón social Inocente Valero e Hijos, S.L., con domicilio en la C/ Arena nº 5 - Villarrobledo, (Ab). [2010/16412]

Por haberse ausenta do de su domicilio sin dejar señas a la razón social Inocente Valero e Hijos, S.L., y no haciéndose cargo persona alguna de la notificación de la Información de Pago, por la presente se le comunica que el expediente número 150/10-C, se ha dictado lo siguiente:

Expediente número: 150/10-C

Instruído: a Inocente Valero e Hijos, S.L. Domicilio: C/ Arena, nº 5 - Villarrobledo, (Ab). Cif nº: B-02191377

En cumplimiento del artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remito transcripción de la Resolución de fecha, 26 de agosto de 2010, dictada en el expediente al margen referenciado, seguido contra Vd., por la que se impone una sanción pecuniaria de trescientos cincuenta euros, (350 €), de multa, dictada por la Sra. Delegada Provincial de Salud y Bienestar Social de Albacete.

Dicha Resolución no agota la vía administrativa, pudiendo interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Salud y Bienestar Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 1 mês a contar desde el día siguiente al de notificación de la presente resolución.

Asimismo se informa de la Forma de pago de la sanción pecuniaria impuesta.

La delegada provincial, Fdo. Angelina Martínez Martínez.

I Antecedentes de hecho

En el procedimiento sancionador arriba mencionado, han tenido lugar, los siguientes antecedentes de hecho:

Primero: Por medio de demanda de consumo nº 707/10, formulada por D. Luis Moreno Sevillano.

Segundo: Las anteriores actuaciones determinan el acuerdo de la Sra. Delegada Provincial de Salud y Bienestar Social de la iniciación del procedimiento sancionador nº 150/10-C.

Tercero: Notificado dicho acuerdo de iniciación a la mercantil interesada con fecha 23 de abril de 2010, han procedido a realizar alegaciones al mismo dentro del plazo concedido al efecto, teniendo entrada en esta Delegación Provincial con fecha 13 de mayo de 2010.

Cuarto: Posteriormente, una vez instruido el expediente se realizó propuesta de resolución del procedimiento sancionador por la Instructor del procedimiento, la cual fue notificada al titular del establecimiento en fecha 5 de julio de 2010 junto con la relación de documentos obrantes en el procedimiento y a la cual se han realizado alegaciones en el plazo establecido para ello, teniendo entrada en esta Delegación Provincial en fecha 19 de julio de 2010.

II Hechos...

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