Orden de 09/11/2010, , por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la Acción Local y Autonómica para el Empleo en Castilla-La Mancha en 2011.
Sección | I. Disposiciones generales |
Emisor | Consejer |
Rango de Ley | Orden |
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OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Empleo, Igualdad y Juventud
Orden de 09/11/2010, de la Consejería de Empleo, Igualdad y Juventud, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la Acción Local y Autonómica para el Empleo en Castilla-La Mancha en 2011. [2010/18958]
Indice
Base 1.- Definición.
Base 2.- Objeto de la Orden.
Base 3.- Normativa reguladora básica.
Base 4.- Documentación y plazo para presentar las solicitudes. Base 5.- Formación profesional para el Empleo.
Base 6.- Acciones de Acompañamiento Personalizado.
Base 7.- Intervención del Servicio Público de Empleo.
Base 8.- Financiación.
Base 9.- Cofinanciación del Fondo Social Europeo.
Base 10.- Definición y objeto de la Acción Local.
Base 11.- Entidades beneficiarias.
Base 12.- Colectivos destinatarios finales de la subvención y exclusiones.
Base 13.- Singularidad con respecto a las mujeres víctimas de violencia de género. Sección 2ª.- Contenido de las contrataciones.
Base 14.- Subvención y cuantía.
Base 15.- Relación de obras y/o proyectos subvencionables.
Base 16.- Requisitos de los proyectos.
Base 17.- Criterios de adjudicación a las Entidades y de selección de los proyectos. Base 18.- Ejecución de los proyectos.
Base 19.- Modificación de los proyectos.
Base 20.- Comisión Local de Selección.
Base 21.- Modalidad de la contratación.
Base 22.- Duración de los contratos.
Base 23.- Jornada.
Base 24.- Del pago de las ayudas.
Base 26.- Criterios de adjudicación.
Base 27.- Ejecución de la Acción de Acompañamiento.
Base 28.- Importe de la subvención.
Base 29.- Abono de la subvención.
Base 30.- Definición general y tipos de proyectos.
Base 31.- Entidades beneficiarias.
Base 32.- Talleres de Especialización Profesional.
Base 33.- Formación complementaria.
Base 34.- Formación básica.
Base 35.- Certificaciones de la formación y cualificación.
Base 36.- Orientación, información profesional, formación empresarial y asistencia técnica.
Base 37.- Criterios objetivos de otorgamiento de las subvenciones.
Base 38.- Selección de los alumnos trabajadores, director, docentes y personal de apoyo.
Base 39.- Conceptos subvencionables en los Proyectos de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Talleres de Especialización Profesional.
Base 40.- Becas en Escuelas Taller y Casas de Oficios.
Base 41.- Conceptos subvencionables de las Unidades de Promoción y Desarrollo.
Base 42.- Transferencia y justificación de fondos.
Base 43.- De las subvenciones reguladas en este Título.
Base 45.- Colectivo destinatario del programa.
Base 46.- Entidades beneficiarias.
Base 47.- Criterios de valoración de los programas.
Base 48.- Desarrollo de las acciones.
Base 49.- Formalización del Acuerdo de colaboración.
Base 50.- Selección de los/las participantes en el programa.
Base 51.- Cuantía de la subvención.
Base 52.- Gastos subvencionables.
Base 53.- Formas de pago.
Base 54.- Justificación y liquidación final de las subvenciones.
Base 55.- Destino de la subvención.
Base 56.- Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.
Base 57.- Criterios de valoración de los proyectos.
Base 58.- Plazo de ejecución de los proyectos objeto de subvención.
Base 59.- Destino y cuantía de la subvención.
Base 60.- Formas de pago y justificación.
Base 61.- Requisitos de las personas a contratar.
Base 62.- Comisión de Selección. Participación de los agentes sociales.
Base 63.- Selección de las personas a contratar.
Base 64.- Modalidad de la contratación de trabajadores/as.
Base 65.- Sustitución de los/las trabajadores/as.
Base 66.- Subcontratación de las acciones.
Base 67.- Procedimiento de concesión de las subvenciones.
Base 68.-. Resolución de las subvenciones.
Base 69.- Seguimiento y control.
Base 70.- Obligaciones de las entidades beneficiarias e Incumplimiento. Base 71.- Reintegro de subvenciones.
Base 72.- Comunicación de otras ayudas.
Base 73.- Concurrencia de subvenciones.
Base 74.- Publicación de las ayudas.
Base 75.- Información y publicidad.
Base 76.- Disponibilidad y custodia de la documentación.
Base 77.- Contabilidad separada.
Base 78.- Exención de notificación.
Base 79.- Protección de datos.
Por tercer año consecutivo, se publica la Orden que regula la Acción Local y Autonómica para el Empleo en CastillaLa Mancha, como instrumento para hacer frente al desempleo, de manera aún más potente que en años anteriores, al tiempo que se refuerza sensiblemente la agilidad de la gestión.
Mantiene su raíz en el en el Plan por el Crecimiento, la Consolidación y la Calidad del Empleo en Castilla-La Mancha (2008-2013), firmado por el Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y los Agentes Sociales más representativos de la Región, UGT, CC.OO. y CECAM; un documento fruto del esfuerzo compartido en la planificación de las...
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