Resolución de 26/11/2010, , por la que se publica la Resolución de 17/12/2009, recaída en el procedimiento de concesión de ayuda específica al olivar en el año 2008 para ciertos beneficiarios.

DOCM. Diario Oficial de Castilla - La Mancha núm. 235/2010, 7 de Diciembre de 2010 › CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Enlazado como:

Extracto


Resolución de 26/11/2010, , por la que se publica la Resolución de 17/12/2009, recaída en el procedimiento de concesión de ayuda específica al olivar en el año 2008 para ciertos beneficiarios.

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Agricultura y Medio Ambiente

Resolución de 26/11/2010, de la Dirección General de Mejora de Explotaciones Agrarias, por la que se publica la Resolución de 17/12/2009, recaída en el procedimiento de concesión de ayuda específica al olivar en el año 2008 para ciertos beneficiarios. [2010/20215]

No habiéndose practicado la notificación personal de la Resolución de 17/12/2009, de la Dirección General de Mejora de Explotaciones Agrarias, recaída en el procedimiento de concesión de Ayuda Específica al Olivar de la campaña 2008 al listado de beneficiarios incluidos en el anexo IV, se acuerda que se realice por medio de publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos correspondientes a sus últimos domicilios conocidos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los interesados podrán tomar conocimiento del texto íntegro de la resolución en la sede de la Delegación Provincial de Agricultura y Medio Ambiente (Servicio de Mejora de Explotaciones Agrarias) en la que se haya tramitado su expediente. Además la resolución completa podrá consultarse en la siguiente página web: https://agricultura.jccm.es/apliagri/seica/

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución. De no interponerse recurso de alzada en el plazo previsto, esta resolución será firme a todos los efectos.

Toledo, 26 de noviembre de 2010

El Director General de Mejora de Explotaciones Agrarias

MIGUEL CHILLARÓN YUSTE

Anexo I: Texto común a todas las Resoluciones:

De conformidad con el artículo 31.7 f) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que establece la obligación de reintegrar las cantidades percibidas en el caso de que los interesados incumplan las obligaciones y los compromisos asumidos.

Si la liquidación de su expediente resulta a devolver, deberá proceder a la devolución de dicho importe en el siguiente plazo de ingreso voluntario:

a) Si el acuerdo se notifica entre los días 1 y 15 del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el hábil posterior.

b) Si el acuerdo se notifica entre los días 16 y último del mes en curso, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes siguiente o el inmediato hábil posterior, que deberá ingresar en Entidad: Caja Castilla-La Mancha, nº de cuenta 2105/0036/19/1250061761, indicando en el ingreso "Devolución Ayuda Olivar 2008" y el NIF/CIF del Titular.

Para constatar el cumplimiento de tal obligación, rogamos remita el justificante de pago. El vencimiento del plazo de ingreso en el período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda, determinará su compensación con las ayudas que le corresponden o el inicio del período ejecutivo con el devengo del recargo de apremio y los intereses legales, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General Tributaria.

Anexo II: Legislación básica aplicable:

- Reglamento (CE) 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre, por el que se establecen disposiciones aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común.

- Reglamento (CE) 796/2004 de la Comisión del 21 de abril de 2004, por la que se establecen disposiciones para la aplicación de la condicionalidad, la modulación y el sistema integrado de gestión y control previstos en el Reglamento (CE) 1782/2003 del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores.

- Real Decreto 1470/2007, de 2 de noviembre, sobre aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.

- Orden de 24/01/2008, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de pago único y otros regímenes de ayuda directa a la agricultura y a la ganadería en el año 2008

Anexo III: Código de fundamentos para la Resolución

Código Descripción completa fundamento

35 El titular del expediente no es persona física (art. 11 Ley 38/2003 General de Subvenciones).

39 Propuesta aprobatoria al cumplir todos los requisitos.

90 Solicitud presentada fuera de plazo (art. 21.1 Reglamento CE 796/2004).

158 El expediente no ha pasado por documentación completa.

159 Expediente con rendimiento medio mayor a 1500 kg aceituna/ha (art. 16.3 de la Orden de 24/01/2008 de la Consejería de Agricultura).

160 La explotación no es de pequeña dimensión (art. 46.2 del RD 1618/2006).

162 Superficie ajustada = 0 (art. 51 Reglamento CE 796/2004).

163 Cálculo solicitud ayuda

9, 163

163

163

163

163

39

12345678910

163

11

162

12...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía