Orden de 25/07/2012, , por la que se regula la organización y funcionamiento de los diferentes órganos que forman el modelo de formación del profesorado en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Sección | I. Disposiciones generales |
Emisor | Consejería de Educación, Cultura y Deportes |
Rango de Ley | Orden |
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La actividad del Centro se iniciará el 1 de septiembre y concluirá el 15 de julio de cada curso escolar. El horario será de mañana (de 9 a 14:30 horas) y de tarde (de 16 a 20 horas) salvo en los meses de septiembre, junio y julio en los que el horario será intensivo de 9 a 15 horas, siempre que el desarrollo de actividades lo haga posible.
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La jornada de trabajo del personal del centro será la correspondiente a su condición de funcionario, docente o no, personal laboral y, en cada caso, se adaptará a las características específicas de su puesto de trabajo.
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El horario de trabajo de los asesores y miembros del Equipo Directivo se organizará en sesiones de mañana y tarde, para asegurar el desarrollo de las funciones establecidas y la disponibilidad del profesorado.
En la distribución del horario de trabajo se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
* Se garantizará en todo momento, dentro del horario general del centro, la atención por parte de los asesores de formación.
* Para favorecer la atención a los centros y docentes a través de la plataforma de formación, así como la participación en jornadas, congresos y otras actividades de formación, se facilitará la flexibilidad del horario del personal del centro.
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En lo referente a faltas de asistencia al trabajo, permisos y su justificación se seguirá, en este sentido tal y como dispone el artículo 7 del Decreto 59/2012 de 23 de febrero, la ley 4/2011, de 10 de marzo de Empleo Público de Castilla-La Mancha.
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Atendiendo a las necesidades organizativas de formación, el Director podrá modificar los horarios previamente establecidos.
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Representar oficialmente al Centro.
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Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro de acuerdo con la normativa vigente.
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Participar en la elaboración del Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado.
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Dirigir y coordinar la planificación, desarrollo y evaluación de la Programación General, la Memoria Anual y el resto de documentos programáticos del Centro, de acuerdo con las líneas prioritarias establecidas por la administración competente en materia de educación.
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Facilitar la comunicación y transferencia de información con los Coordinadores de los centros docentes y los Asesores en los Servicios Periféricos.
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Convocar y presidir las sesiones de la Comisión Regional de Participación y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.
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Participar en el desarrollo de las medidas necesarias para acompañar los planes de la administración competente en materia de educación.
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Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos y efectuar los pagos de acuerdo con el presupuesto del Centro.
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Expedir las certificaciones de las actividades de formación y los documentos oficiales del Centro.
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Cuantas otras le atribuya la administración competente en materia de educación. Artículo 5. Funciones del Secretario.
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Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del Centro, levantar actas de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
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Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscritos al Centro.
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Realizar la gestión administrativa, económica y patrimonial del Centro.
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Custodiar los libros y archivos del Centro y confeccionar y actualizar el inventario general del mismo.
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Custodiar y coordinar la utilización de los medios informáticos, audiovisuales y del resto del material didáctico.
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Cuantas otras le atribuya el director del centro en su ámbito de competencias. Artículo 6. Funciones del Responsable de Formación.
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La elaboración, desarrollo y evaluación de la Programación General Anual (en adelante PGA) y Memorias Anual.
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La gestión y coordinación de actividades de formación de...
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