Notificación de 29/12/2011, , de denuncia de expedientes sancionadores en materia de transportes.

Extracto


Notificación de 29/12/2011, , de denuncia de expedientes sancionadores en materia de transportes.

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Fomento

Notificación de 29/12/2011, de los Servicios Periféricos de Fomento de Albacete, de denuncia de expedientes sancionadores en materia de transportes. [2012/26]

Por la presente comunicación pongo en conocimiento de los destinatarios que se especifican en el Anexo, que en virtud de las denuncias que se detallan, en este del Servicio Periférico de Fomento de Albacete, se ha instruido expediente sancionado por infracción en materia de transportes y que podría corresponderle la sanción que se relaciona.

El Servicio de Transportes es la unidad administrativa encargada de instruir el/los expediente/es sancionador/es, pudiendo el funcionario firmante ser recusado de conformidad con lo dispuesto en el Art. 29 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La autoridad competente para imponer la sanción es el Coordinador Provincial del Servicio Periférico en Albacete de la Consejería de Fomento de conformidad con el Art. 131.1d) del Estatuto de Autonomía de la Región aprobado por la Ley Orgánica 971982, de 10 de agosto, Art. 10 de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio (B.O.E. del 31) y Decretos de competencias de esta Consejería (D.C.).

El/los expedientado/os podrá/an reconocer voluntariamente su responsabilidad a los efectos del art. 8 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora aprobado por R.D. 1398/1993, de 4 de agosto.

Y para que conste y le/es sirva de notificación legal en los términos del Art. 59 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al haber resultado desconocido/os en su/sus domicilio/os, se inserta la...

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