Resolución de 04/04/2014, , por la que se convoca la realización de pruebas de acceso a Ciclos formativos de Formación Profesional.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyResolución
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Resolución de 04/04/2014, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca la realización de pruebas de acceso a Ciclos formativos de Formación Profesional. [2014/5320]

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 41 establece el acceso a la Formación Profesional para aquellos aspirantes que, careciendo de los requisitos académicos, superen una prueba de acceso regulada por las Administraciones educativas.

La Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha determina que la Consejería competente en materia de educación regulará las pruebas de acceso a los Ciclos formativos de Formación Profesional para el alumnado que no posea la titulación requerida, con objeto de favorecer su permanencia en el sistema educativo.

El artículo 4 de la Orden de 21 de febrero de 2013, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regulan las pruebas de acceso a Ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo en Castilla-La Mancha, establece que la Consejería en materia de educación convocará las pruebas de acceso a Ciclos formativos de Formación Profesional al menos una vez al año. Esta convocatoria podrá constar de dos períodos para la realización de las mismas y en ella se establecerán los plazos y lugares de inscripción y presentación de la documentación necesaria, las fechas de realización de las pruebas y se ordenarán cuantos plazos y procedimientos se deriven.

Por todo ello, y en ejercicio de las competencias atribuidas a la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, en el Decreto 124/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica, organización de funciones y competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, resuelvo:

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

La presente Resolución tiene por objeto convocar, en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, la realización de pruebas de acceso a Ciclos formativos de Formación Profesional para personas que carecen de los requisitos académicos de acceso a estas enseñanzas.

Segundo. Requisitos para participar en las pruebas.

  1. Podrán concurrir a la prueba de acceso a Ciclos formativos de grado medio quienes reúnan los siguientes requisitos:

    1. Tener como mínimo 17 años de edad o cumplirlos en el año natural en que se realiza la prueba.

    2. No estar en posesión de titulación académica que permita acceder directamente a las enseñanzas para las que solicite realizar la prueba.

  2. Podrán concurrir a la prueba de acceso a Ciclos formativos de grado superior quienes reúnan los siguientes requisitos:

    1. Tener, al menos, 19 años cumplidos en el año de realización de la prueba, o 18 si se acredita estar en posesión de un título de Técnico de una familia profesional perteneciente a la misma opción de la parte específica que aquel al que pretende acceder.

    2. No estar en posesión de titulación académica que permita acceder directamente a las enseñanzas para las que solicite realizar la prueba.

  3. Quienes habiendo superado las pruebas de acceso a Ciclos formativos en convocatorias anteriores deseen una mejora de la calificación obtenida, podrán presentarse de nuevo, por una sola vez, para la realización de la prueba completa, sin perjuicio de las exenciones a que pudiera tener derecho. En todo caso, se mantendrá la validez y efectos de la nota final de la prueba anterior cuando su calificación fuese superior a la obtenida en la nueva convocatoria.

  4. Los requisitos de participación deben cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, a excepción de la posesión del título de Técnico de una familia profesional perteneciente a la misma opción de la parte específica que aquel al que pretende acceder, que se podrá acreditar en el momento de realizar la prueba.

    Tercero. Acreditación del cumplimiento de los requisitos.

    El cumplimiento de los requisitos exigidos para participar en la prueba se acreditará mediante la aportación de la siguiente documentación:

    1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, del Número de Identificación de Extranjeros o de la tarjeta de residencia en vigor, en su caso.

    2. Certificación de los estudios cursados, pruebas realizadas anteriormente o certificación del centro educativo donde está matriculado.

    3. Declaración responsable, incluida en la propia solicitud, de no estar en posesión de titulación académica que permita acceder directamente a las enseñanzas para las que solicita realizar la prueba.

    No obstante lo anterior, en virtud de lo establecido en el Decreto 33/2009, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de determinados documentos en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos públicos vinculados o dependientes, no será obligatoria la aportación por los aspirantes de los documentos señalados en las letras a) y b), cuando conste en la solicitud, la autorización al órgano gestor para su comprobación y verificación.

    En caso de no prestar dicha autorización, los interesados deberán digitalizar y adjuntar a la solicitud la documentación señalada.

    En relación con la documentación citada en la letra b, será necesario aportarla en el caso de que se haya cursado o se este cursando, en un centro educativo no incluido en el programa de gestión de centros educativos de Castilla-La Mancha o haya sido con anterioridad al curso 2007/2008.

    Cuarto. Solicitud de inscripción a las pruebas.

  5. Las personas que deseen inscribirse en estas pruebas presentarán su solicitud mediante instancia telemática, a través de la secretaría virtual de la plataforma educativa Papás 2.0 (https://papas.educa.jccm.es/papas/). Para acceder a esta plataforma los solicitantes necesitarán tener un certificado digital reconocido por la plataforma @firma del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. En caso de no disponer de éste, podrán solicitar de forma presencial, una credencial (usuario y contraseña) en cualquiera de los centros públicos de esta Comunidad Autónoma que impartan enseñanzas de Formación Profesional, así como en los Servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. No obstante, si el solicitante ya dispone de credencial de acceso a la plataforma, no es necesario solicitar otra específica, ya que es genérica para el acceso a la secretaría virtual.

    Los documentos originales que deban aportarse para la acreditación de requisitos, deberán digitalizarse y adjuntarse a la solicitud como archivos anexos a la misma.

    Los solicitantes podrán recibir la asistencia técnica necesaria para realizar su solicitud, en los servicios Periféricos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y en los centros educativos que tengan implantadas enseñanzas de Formación Profesional.

  6. El plazo de presentación de solicitudes de inscripción comenzará el día 30 de abril y finalizará el día 14 de mayo de 2014.

    Quinto. Tasas por la participación en las Pruebas.

  7. Según lo previsto en el artículo 417 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de CastillaLa Mancha y otras medidas tributarias, para participar en esta convocatoria, los aspirantes deberán abonar el importe correspondiente a las tasas por derechos de examen. La Resolución de 31/01/2014, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del juego, por la que se da publicidad a la relación de tasas vigentes en la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha con las cuantías e importes actualizados para el ejercicio 2014, establece la Tasa por la inscripción en pruebas de acceso para cursar Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior. El importe a pagar será de 10,20 € para las pruebas de acceso a grado medio y de 15,30 € para las pruebas de acceso a grado superior.

    Los aspirantes que sean miembros de familias numerosas, tendrán una bonificación del 50 por 100.

    Estarán exentos de pagar la tasa exigida los aspirantes que estén en situación de incapacidad permanente total o absoluta, previa acreditación de su situación mediante dictamen emitido por el organismo competente.

  8. Previo a la presentación de la solicitud, el solicitante deberá realizar un ingreso con el modelo 046 que se podrá cumplimentar en la siguiente página web: https://tributos.jccm.es.

    En la cumplimentación del modelo se consignará:

    - El código territorial será el EC0001 Servicios Centrales Educación, Cultura y Deportes.

    - La fecha de devengo será la de cumplimentación del modelo.

    - El concepto será el 1253 "Tasa por la inscripción en pruebas de acceso para cursar Ciclos formativos de Grado medio y Grado superior."

    - En el apartado de Descripción se deberá hacer referencia a si desea presentarse a las Pruebas de Acceso a Grado Medio o a Grado Superior y practicar su autoliquidación.

    - En este apartado se deberá indicar si le es aplicable alguna de las bonificaciones o exenciones indicadas en el punto 1 de este apartado. En tal caso, la bonificación o exención se deberá justificar documentalmente.

  9. El pago se realizará en cualquiera de las entidades que tienen reconocido el carácter de entidades colaboradoras en la recaudación en la forma y condiciones establecidas en la Orden de 23/05/2001 de la Consejería de Economía y Hacienda, sobre regulación de las condiciones de prestación del servicio de caja y de colaboración en la recaudación con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. En la página web https://tributos.jccm.es. se puede consultar la lista de entidades colaboradoras.

  10. El pago se deberá realizar con anterioridad a la cumplimentación de la solicitud telemática, la acreditación del mismo se efectuará introduciendo en el apartado correspondiente de la solicitud la referencia electrónica o el número de justificante obtenido al cumplimentar el modelo 046.

    Los aspirantes podrán otorgar su autorización...

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