Resolución de 09/04/2014, , por la que se acuerda la publicación de las resoluciones de reintegro de ayudas indebidamente percibidas en concepto de renta básica de emancipación para jóvenes.
Sección | III. Otras Disposiciones y actos |
Emisor | Consejería de Fomento |
Rango de Ley | Resolución |
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OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
Consejería de Fomento
Resolución de 09/04/2014, de los Servicios Periféricos de Fomento de Albacete, por la que se acuerda la publicación de las resoluciones de reintegro de ayudas indebidamente percibidas en concepto de renta básica de emancipación para jóvenes. [2014/5092]
Habiendo resultado infructuoso el intento de notificación personal y preceptiva en el domicilio de los interesados que figuran en Anexo 1, de las resoluciones relativas a reintegro de ayudas indebidamente percibidas en concepto de Renta Básica de Emancipación para Jóvenes, se procede a dar publicidad mediante inserción en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por delegación de competencia de la Secretaría General de la Consejería de Fomento, según Resolución de 14/11/2013 (DOCM nº 237, de 09/12/2013), conforme determinan los artículos 59.5, y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 3.2 de la Orden de 11/09/2013 de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se regula el tablón de anuncios electrónico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
El/Los interesado/s podrán tomar conocimiento del texto íntegro de la resolución mediante comparecencia personal, en el plazo de 10 días hábiles desde esta publicación, en las dependencias del Servicio de Vivienda de esos Servicios Periféricos, sitas en Avda. de España, 8 bis, planta 3ª, en horario de 9 a 14 horas.
Lo que se publica a efectos de notificación, en concordancia con lo establecido en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, indicándole que contra la Resolución que se notifica, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que suscribe, en el plazo de dos meses, a contar desde el transcurso...
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