Resolución de 28/03/2014, , sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto: Centro de descontaminación de vehículos fuera de uso en el paraje Cocedero de los Frailes, carretera CM-4133, pk 32 (expediente PRO-SC-14-0297), situado en el término municipal de Alcázar de San Juan, cuyo promotor es Autodesguaces Gamarra Patiño, SL.

SecciónIII. Otras Disposiciones y actos
EmisorConsejería de Sanidad y Consumo; Consejería de Agricultura
Rango de LeyResolución
  1. OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

Consejería de Agricultura

Resolución de 28/03/2014, de la Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto: Centro de descontaminación de vehículos fuera de uso en el paraje Cocedero de los Frailes, carretera CM-4133, pk 32 (expediente PRO-SC-14-0297), situado en el término municipal de Alcázar de San Juan, cuyo promotor es Autodesguaces Gamarra Patiño, SL. [2014/4990]

La Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha, dispone que "los proyectos, públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, construcciones, instalaciones o cualquiera otra actividad comprendida en el Anexo II sólo deberán someterse a Evaluación del Impacto Ambiental, previamente a su autorización por el órgano sustantivo que corresponda, en la forma prevista en esta ley cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. La decisión, que debe ser motivada y pública, se ajustará a los criterios establecidos en el Anexo III".

El proyecto al que aquí se hace referencia queda encuadrado en en la Ley 4/2007, en el Anexo II, Grupo 10, apartado

  1. "Instalaciones de almacenamiento de chatarra, incluido el de vehículos desechados y centros de descontaminación

    de vehículos".

    La Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental, en virtud de la Resolución de 21 de julio de 2011, delegó en los titulares de los Servicios Periféricos de Agricultura el ejercicio de las competencias para emitir las resoluciones de no sometimiento contempladas en el artículo 5.3 de la Ley 4/2007, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Sin embargo, en aras de conseguir una mayor agilización de los servicios administrativos, así como un sistema de evaluación de impacto ambiental y gestión de residuos eficaz, conforme a la nueva estructura establecida mediante el Decreto 126/2001, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, esta Dirección General avocó para sí el conocimiento y tramitación del proyecto mediante Resolución de 22-07-2013, debidamente notificada al interesado.

    1. Descripción del proyecto según la solicitud presentada.

      La actividad consiste en un centro de descontaminación de vehículos al final de su vida útil, de forma que se establezcan las medidas para prevenir la generación de residuos procedentes de los vehículos, regular su recogida y descontaminación, así como las demás operaciones de tratamiento, con la finalidad de mejorar la eficacia de la protección ambiental a lo largo del ciclo de vida de los vehículos.

      El proyecto cuenta con una nave cubierta, debidamente impermeabilizada que tendrá un área de oficinas de 50 m2, un área de trabajo para la descontaminación de vehículos de 626 m2 y un área de almacenamiento de vehículos de 416 m2.

      El acceso a la nave se realizará mediante un camino público existente que desemboca en la carretera CM-4133.

      Se realizará un vallado perimetral de toda la parcela mediante mallado de simple torsión de 2 metros de altura con postes de acero galvanizado cada 4 metros.

      Se estima una capacidad de tratamiento de las instalaciones de 1.000 vehículos al año.

    2. Tramitación y Consultas.

      Con fecha de 13 de diciembre de 2013 se recibe en esta Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental, la solicitud de inicio del procedimiento de Evaluación del Impacto Ambiental del proyecto referenciado, dando cumplimiento al artículo 6 de la Ley 4/2007, de 8 de marzo, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha. La actuación proyectada está tipificada dentro de la categoría de proyectos del Anexo II de la Ley 4/2007, Grupo 10 (Otros proyectos), apartado c) Instalaciones

      de almacenamiento de chatarra, incluidos el de vehículos desechados y centros de descontaminación de vehículos. En consecuencia, el órgano ambiental incoó el oportuno expediente con la referencia PRO-SC-14-0297.

      Con fecha de 24 de enero de 2014, el órgano ambiental notificó al promotor del proyecto que la documentación presentada junto con la solicitud de inicio era completa. Sobre la base de dicha documentación, y de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 4/2007, con la misma fecha se formularon consultas previas a las administraciones, organismos e...

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